DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución 124/2022
RESOL-2022-124-APN-DNV#MOP
Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-07202304- -APN-DNV#MOP, del Registro de
esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado que
actúa bajo la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto de la presente medida,
tramita la aprobación de un nuevo Logo - Símbolo Institucional, con
motivo de la celebración de los “90 AÑOS de la creación de esta
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD”.
Que en el marco de la organización de la programación de las
actividades oficiales con motivo de la conmemoración, que se encuentra
llevando a cabo la GERENCIA EJECUTIVA DE RELACIONES INSTITUCIONALES,
COMUNICACIONES Y POLÍTICA de esta Repartición junto con el MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN, se propuso la intervención del Logo
Institucional con el fin de reflejar desde el punto de vista
comunicacional la identidad del organismo, en forma interna y externa.
Que en el cuerpo del Logo se ha incorporado la leyenda “90 años” y
“Conectando caminos”, cuyo propósito es reflejar el rol fundamental de
esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD en la construcción y el desarrollo
de un país más integrado y más federal.
Que el Logo propuesto cuenta con la validación del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN.
Que a la implementación del nuevo Logo se realizará en forma
obligatoria a partir del 1º de febrero de 2022, para todos los
documentos oficiales que sean emitidos por todas las dependencias de
esta Repartición.
Que la citada propuesta se ajusta a los requerimientos de la
Repartición, por lo que nada obsta a su aprobación como símbolo
institucional.
Que asimismo, con motivo de la celebración de los “90 AÑOS de la
creación de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD”, se desplegarán
actividades oficiales en todo el Territorio Nacional durante el Año
2022, las cuales serán coordinadas por la GERENCIA EJECUTIVA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIONES Y POLÍTICA, a fin de
articular las acciones necesarias para llevar adelante las mismas.
Que han tomado la intervención que les compete la COORDINACIÓN DE
PROCESOS Y ACTOS ADMINISTRATIVOS, la GERENCIA EJECUTIVA DE RELACIONES
INSTITUCIONALES, COMUNICACIONES Y POLÍTICA y la GERENCIA EJECUTIVA DE
ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente se suscribe en virtud de las atribuciones conferidas
por el Decreto Ley N° 505/58, ratificado por la Ley N° 14.467 y la Ley
Nº 16.920.
Por ello;
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Apruébase como Símbolo Institucional de esta DIRECCIÓN
NACIONAL DE VIALIDAD, el nuevo Logo en conmemoración a los “90 AÑOS” de
la creación del organismo, que como Anexo I
(IF-2022-07482749-APN-RRIICP#DNV) forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º: Establécese la obligatoriedad del uso del Logo
Institucional aprobado en el ARTÍCULO 1º de la presente medida, a
partir del 1º de febrero de 2022, para todos los documentos oficiales
que emitan todas las dependencias.
ARTÍCULO 3º: Establécese que las Actividades Oficiales que se llevarán
a cabo en todo el Territorio Nacional durante el año 2022 para la
celebración de los “90 AÑOS de la creación de esta DIRECCIÓN NACIONAL
DE VIALIDAD”, serán coordinadas por la GERENCIA EJECUTIVA DE RELACIONES
INSTITUCIONALES, COMUNICACIONES Y POLÍTICA, quien tendrá a su cargo la
articulación de las acciones necesarias para tal fin.
ARTÍCULO 4º: Publíquese por intermedio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE
REGISTRO OFICIAL, la presente Resolución, en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA y por intermedio de la GERENCIA EJECUTIVA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIÓN Y POLÍTICA en la página web de
esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.
ARTÍCULO 5º: Tómese razón, a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y
MESA GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará mediante el Sistema de
Gestión Documental Electrónica (G.D.E. – C.C.O.O.) a las dependencias
intervinientes, y pase sucesivamente a la GERENCIA EJECUTIVA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIONES Y POLÍTICA, a sus efectos.
ARTÍCULO 6°: Notifíquese, comuníquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación.
Gustavo Hector Arrieta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/02/2022 N° 3801/22 v. 02/02/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)