MINISTERIO DE ECONOMÍA
Decisión Administrativa 139/2022
DECAD-2022-139-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Inclusión Financiera y Financiamiento Social.
Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-125304074-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, 882 del 23 de diciembre de 2021 y la
Decisión Administrativa N° 1313 del 22 de julio de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la
Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría
y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al citado Ministerio.
Que por la Decisión Administrativa N° 1313/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE
FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Inclusión Financiera y
Financiamiento Social de la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS de
la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del
Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del
16 de diciembre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al
licenciado Francisco SILVESTRE (D.N.I. N° 30.502.353) en el cargo de
Director Nacional de Inclusión Financiera y Financiamiento Social de la
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARÍA DE FINANZAS del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el licenciado SILVESTRE los requisitos
mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la
fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por
la presente decisión administrativa será imputado con cargo a las
partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luis Manzur - Martín Guzmán
e. 09/02/2022 N° 5708/22 v. 09/02/2022