Resolución 1297/2021
RESOL-2021-1297-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2021
VISTO el EX-2021-00263252- -AFIP-DIEDRH#SDGRHH del registro de la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, las Leyes Nros. 14.250
(t.o. 2004), 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias, 23.546
(t.o.2004), y
CONSIDERANDO:
Que como archivo embebido en NO-2021-00263569-AFIP-DIEDRH#SDGRHH, del
expediente de referencia, obra el acuerdo 3/2021 de fecha 4 de marzo de
2021, celebrado entre la ASOCIACION DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS
PUBLICOS, por la parte sindical y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del mencionado instrumento se establecen nuevas
condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo
aprobado mediante Laudo 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10).
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre
la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para
suscribir el presente conforme surge de los antecedentes obrantes en
esta Cartera de Estado.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente con las constancias obrantes en autos y por ante esta
Cartera de Estado.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que finalmente, en atención al contenido del acuerdo a homologar,
corresponde dejar indicado que no corresponde fijar el promedio de
remuneraciones del cual surgen los topes indemnizatorios respecto de
los Acuerdos salariales celebrados en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo N° 56/92 “E” Laudo 16/92 y del Convenio Colectivo de Trabajo
aprobado por Laudo 15/91, en virtud de lo dispuesto por la Resolución
de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1256, de fecha 22 de Septiembre de 2008.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo 3/2021 celebrado entre la
ASOCIACION DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PUBLICOS, por la parte
sindical, y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, por la
parte empleadora, de fecha 4 de Marzo de 2021 obrante como archivo
embebido en la NO-2021-00263569-AFIP-DIEDRH#SDGRHH del expediente de
referencia, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva
Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 2°. Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del instrumento
homologado por el Artículo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo N° 15/91 (Resolución
S.T. N°925/10).
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/02/2022 N° 2005/22 v. 09/02/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)