Resolución 1497/2021
RESOL-2021-1497-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 11/11/2021
VISTO el EX-2021-57826414- -APN-DNRYRT#MT del Registro del MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el IF-2021-57832595-APN-DNRYRT#MT del EX-2021-57826414-
-APN-DNRYRT#MT, obra el acuerdo 7/2021 de fecha 28 de Mayo de 2021,
celebrado entre la ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PÚBLICOS
(A.E.F.I.P.), por la parte sindical, y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS, por la parte empleadora, conforme a lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del mencionado instrumento las partes establecen modificar
el artículo 24 del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado mediante
Laudo Nº 15/91 (Resolución S.T. Nº 925/10).
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre
la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para
suscribir el presente conforme surge de los antecedentes obrantes en
esta Cartera de Estado.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente con las constancias obrantes en autos y por ante esta
Cartera de Estado.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS FISCALES E INGRESOS PÚBLICOS (A.E.F.I.P.), por
la parte sindical, y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS,
por la parte empleadora, obrante en el IF-2021-57832595-APN-DNRYRT#MT
del EX-2021-57826414- -APN-DNRYRT#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante en el IF-2021-57832595-APN-DNRYRT#MT del
EX-2021-57826414- -APN-DNRYRT#MT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo N° 15/91 (Resolución
S.T. N° 925/10).
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado, y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/02/2022 N° 4042/22 v. 11/02/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)