MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1555/2021
RESOL-2021-1555-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 19/11/2021
VISTO el EX-2020-12868696-APN-MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 15/19 del IF-2020-12971745-APN-MT del Expediente de
referencia, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y
AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte
sindical, y la empresa PLASTIC OMNIUM AUTOMOTIVE ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que mediante dicho acuerdo las partes pactan nuevas condiciones
salariales, aplicables a los trabajadores de la empleadora alcanzados
por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1341/13 “E”,
conforme la vigencia y términos allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del referido instrumento encuentra
concordancia entre la actividad de la empleadora firmante, y los
ámbitos de representación personal y actuación territorial de la
entidad sindical de marras, emergentes de su Personería Gremial.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado acuerdo.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes a la Dirección de Normativa Laboral,
dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las
remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el
Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa PLASTIC OMNIUM
AUTOMOTIVE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, obrante
en las páginas 15/19 del IF-2020-12971745-APN-MT del
EX-2020-12868696-APN-MT, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante en las páginas 15/19 del IF-2020-12971745-APN-MT.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Normativa Laboral, dependiente de la Dirección
Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge
el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245
de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1341/13 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado, y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/02/2022 N° 5475/22 v. 17/02/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)