MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 171/2022
RESOL-2022-171-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-6668446- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº
209 de fecha 8 de marzo de 2021 del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. Nº 209/21 (RESOL-2021-209-APN-MC) se aprobó
la creación del Concurso “Premio Nacional de Novela ‘Sara Gallardo’”,
en homenaje a la escritora y periodista argentina, con el objetivo de
reconocer la creación y la calidad literaria de escritoras argentinas,
y premiar la mejor novela publicada en el último año.
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley
de Ministerios N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorios) se encuentra el de “(...) promover políticas de
incentivo y desarrollo cultural de la Nación, propiciando la creación,
la experimentación y la democratización del acceso a bienes culturales
(...)”.
Que conforme lo dispuesto por la Decisión Administrativa N° 1428/20, la
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES dependiente de
la SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL, tiene entre sus responsabilidades
primarias “(…) Desarrollar proyectos vinculados a la música, las artes
escénicas y la literatura favoreciendo el desarrollo cultural y
creativo (…)”, y su COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LA
LITERATURA tiene encomendada entre sus acciones la de “(…) Promover y
difundir la literatura en la REPÚBLICA ARGENTINA (…)”.
Que durante el año 2021 se realizó la Primera Edición del Concurso
“Premio Nacional de Novela ‘Sara Gallardo’”, destinado a autoras
argentinas, -cis, lesbianas, travestis, transexuales y transgénero-,
con una novela publicada por una editorial nacional.
Que dicha convocatoria tuvo una muy buena recepción y repercusión en el
ámbito cultural y literario, que se puso de manifiesto en la recepción
de más de CIEN (100) novelas, con diferentes temáticas, pertenecientes
a escritoras de todo el país, y editadas por sellos independientes y
por grandes grupos editoriales.
Que en vista de los resultados obtenidos, resulta oportuno propiciar la
Segunda Edición del Concurso “Premio Nacional de Novela ‘Sara
Gallardo’”, con el objetivo de fortalecer políticas culturales con
perspectiva de género que contribuyan a la erradicación de las
disparidades existentes y que garanticen la igualdad de oportunidades.
Que asimismo corresponde aprobar el Reglamento de Bases y Condiciones
para la participación en el citado concurso, según ANEXO I
(IF-2022-12228067-APN-DNPPC#MC), y la Declaración Jurada conforme al
ANEXO II (IF-2022-12229249-APN-DNPPC#MC) que forman parte de la
presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022 mediante el
Decreto Nº 882/21 de prórroga de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y
distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de
2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que el suscripto resulta competente en virtud de las facultades
delegadas por los Decretos N° 392/86, artículo 1º inciso h) y Nº
1344/07 sus modificatorios y complementarios, y en función de las
misiones y funciones establecidas por la Ley de Ministerios N° 22.520
(texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar y declarar abierta la Segunda Edición del
Concurso “Premio Nacional de Novela ‘Sara Gallardo’”, de conformidad
con el Reglamento técnico de Bases y Condiciones según ANEXO I
(IF-2022-12228067-APN-DNPPC#MC), y la Declaración Jurada conforme al
ANEXO II (IF-2022-12229249-APN-DNPPC#MC), que forman parte integrante
de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000.-) a
la atención del pago del premio detallado en el Reglamento técnico de
Bases y Condiciones aprobado en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 3°.- Establecer que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE
PROYECTOS CULTURALES, será la autoridad de aplicación e interpretación
del Programa, encontrándose facultada para dictar las normas de
carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su
implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes
dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN
72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/03/2022 N° 12399/22 v. 08/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 1/2022
de la Dirección Nacional de Promoción de Proyectos Culturales B.O.
8/4/2022 se prorroga hasta el 8 de mayo de 2022 inclusive el plazo
de inscripción correspondiente a la Segunda Edición del “Premio
Nacional de Novela ‘Sara Gallardo’”, aprobada por la presente
Resolución.)