MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
Disposición 115/2022
DI-2022-115-APN-SSEC#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-15547139- -APN-DGD#MDP, Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, la Ley Nº 27.506 y su modificatoria, el Decreto N° 50
de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión
Administrativa N° 1.080 de fecha 19 junio de 2020 y su modificatoria y
Resolución N° 441 de fecha 20 de julio de 2021 de la SECRETARÍA DE
INDUSTRIA, ECONOMÍA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificaciones, dispone entre las competencias del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, entre otras, la de ejecutar los
planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados
conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL y
entender en la formulación de políticas y desarrollo de programas
destinados a la creación de condiciones para mejorar la productividad y
competitividad, a través de innovaciones y desarrollo de talento
emprendedor.
Que, por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre del 2019 y sus
modificatorios, se aprobaron los objetivos específicos de la SECRETARÍA
DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, entre los cuales se encuentran
difundir y acercar a las empresas del Territorio Nacional instrumentos
de apoyo y los beneficios definidos por la Jurisdicción para impulsar
la incorporación de conocimiento e innovación en sus sistemas de
producción así como también apoyar, en coordinación con otros
organismos del estado, mediante el esquema de innovación, la generación
de proyectos de inversión público-privados para encarar nuevos
desarrollos en áreas estratégicas.
Que, asimismo, la Decisión Administrativa N° 1.080 de fecha 19 de junio
de 2020 y su modificatoria, define las acciones de la Dirección para la
Federalización de la Innovación Productiva de la SUBSECRETARÍA DE LA
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO y entre ellas se encuentran la de desarrollar acciones y
proyectos para el fortalecimiento e impulso de capacidades productivas
a través de la consolidación y/o creación de polos, clúster y parques
tecnológicos en todo el país y la de asistir a parques industriales,
polos, parques tecnológicos en la incorporación de esquemas de
innovación productiva que mejoren la competitividad regional de los
sectores de la economía del conocimiento.
Que es de público conocimiento, que las consecuencias económicas
acarreadas por la Emergencia Sanitaria provocada por el Coronavirus
COVID-19 exigen que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes
para dar soluciones en el sector económico.
Que, en este contexto y con el objetivo de cumplir con las tareas
propias de la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, surge la
necesidad de impulsar actividades de la economía del conocimiento, eje
clave del sistema productivo actual e impulsora de productos y
servicios innovadores capaces de hacer frente a las consecuencias
económicas y que permitan reactivar la economía.
Que, para ello, resulta necesario apoyar proyectos que aprovechen el
conocimiento derivado de actividades como el desarrollo de software,
big data, biotecnología, nanotecnología, ingeniería satelital,
inteligencia artificial, impresión 3D, entre otras que en el corto y
mediano plazo faciliten la reactivación de la actividad económica.
Que, mediante la Ley Nº 27.506 se creó el “Régimen de Promoción de la
Economía del Conocimiento”, que rige en todo el Territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA y que tiene como objetivo promocionar actividades
económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de
la información apoyado en los avances de la ciencia y de las
tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o
mejoras de procesos.
Que por el Artículo 17 de la Ley N° 27.570, se sustituyó el Artículo 19
de la citada precedentemente y se designó como Autoridad de Aplicación
del referido régimen al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que, en virtud de todo lo expuesto, se creó el mediante la Resolución
N° 441 de fecha 20 de julio de 2021 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
ECONOMÍA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, el Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”, con el
objetivo de promover la conformación y consolidación de agrupamientos
geográficos de empresas e instituciones dedicadas a la producción de
bienes y servicios de la Economía del Conocimiento que dinamicen,
diversifiquen y fortalezcan las economías regionales de acuerdo al
espíritu de Ley N° 27.506 y su modificatoria, aprobándose su Reglamento
Operativo y su Primer Convocatoria.
Que en la referida resolución que creó el Programa se facultó a ésta
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, a disponer la realización
de futuras Convocatorias en el marco del Programa mencionado y a
realizar todas las acciones necesarias a los efectos de poner en
funcionamiento el Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”,
controlar su ejecución y a dictar las normas complementarias y
aclaratorias necesarias para su implementación.
Que, en tal sentido, resulta oportuno realizar una nueva Convocatoria en el marco del mencionado Programa.
Que asimismo y en virtud de la experiencia obtenida en la
implementación de cuestiones operativas de la Primera Convocatoria,
resulta necesario plasmar la misma en la Segunda Convocatoria, con la
finalidad de dotar de una mayor eficacia a la implementación del
Programa.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a aquellos interesados en acceder al Programa
“NODOS DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, creado por la Resolución N°
441 de fecha 20 de julio de 2021 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA,
ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, a realizar las correspondientes presentaciones
de conformidad a las previsiones dispuestas en las Bases y Condiciones
de la Segunda Convocatoria del Programa “Nodos de la Economía del
Conocimiento”, aprobadas en el Artículo 2º de la presente disposición.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las “Bases y Condiciones de la Segunda
Convocatoria del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”, que
como IF-2022-21719745-APN-DNFREC#MDP, forman parte integrante de esta
medida y que regirán la presente Convocatoria en forma complementaria
al Reglamento Operativo del citado Programa.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la Convocatoria que se aprueba por la
presente disposición tiene una vigencia de CUARENTA Y CINCO (45) días
corridos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas de los
créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA
- Programa 66 – Fomento al Desarrollo Tecnológico.
(Artículo sustituido por art. 3° de la Resolución N° 23/2023 de la Secretaría de Economía del Conocimiento B.O. 9/2/2023.)
ARTÍCULO 5°. - La presente disposición entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María de los Ángeles Apólito
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/03/2022 N° 14440/22 v. 15/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Disposición Nº 174/2022 de la Subsecretaría de Economía del Conocimiento B.O. 26/4/2022 se prorroga el plazo máximo para las presentaciones de
solicitudes realizadas en el marco de la segunda convocatoria al
Programa “NODOS DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, creada mediante la
presente Disposición, hasta el día 16 de mayo de 2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)