Resolución 53/2022
RESOL-2022-53-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2022
VISTO el EX-2021-72052860- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/3 del IF-2021-72165368-APN-DGD#MT de los autos de
la referencia obra el acuerdo y anexos celebrado entre la F.O.E.T.R.A.
SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa GESTNEXT
SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes convienen condiciones laborales para los trabajadores de
la empleadora que presten servicios a favor del Grupo TELEFÓNICA DE
ARGENTINA S.A. y/o TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA S.A., conforme a los
términos y condiciones allí pactados.
Que cabe señalar que el acuerdo de marras es el resultado de las
negociaciones llevadas a cabo en el EX-2020-84935539- -APN-DGD#MT, el
que se encuentra vinculado en tramitación conjunta con el principal.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente.
Que corresponde dejar expresamente aclarado que el ámbito de aplicación
del acuerdo de marras quedará circunscripto al personal que preste
servicios a favor del Grupo TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A. y/o TELEFÓNICA
MÓVILES ARGENTINA S.A.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante en las páginas
1/3 del IF-2021-72165368-APN-DGD#MT de los autos de la referencia
celebrado entre la F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte
sindical, y la empresa GESTNEXT SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines del registro del
instrumento homologado por el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido ello, procédase a la guarda del presente.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación de
carácter gratuito del instrumento homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/03/2022 N° 13435/22 v. 15/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)