Resolución 131/2022
RESOL-2022-131-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2022
VISTO el EX-2021-110521268-APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546
(t.o.2.004) y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 1/2 del RE-2021-110520309-APN-DGD#MT agregado al
Expediente de Referencia, obra el Acuerdo suscripto entre la UNION
OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SECCIONAL VILLA MERCEDES)
por la parte sindical, y la empresa METALMECANICA SOCIEDAD ANONIMA por
la parte empleadora, ratificado en RE-2022-02779956-APN-DGD#MT del
EX-2022-02780002- -APN-DGD#MT por la UNION OBRERA METALURGICA, (ENTIDAD
CENTRAL) agregado al Expediente Principal, cuya homologación las partes
solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del referido acuerdo las partes pactan el pago de una
gratificación extraordinaria, de pago único y de naturaleza no
remunerativa, conforme los detalles allí impuestos.
Que, en cuanto al carácter atribuido a las sumas pactadas en el acuerdo
referido, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el
Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el objeto de la parte empleadora
firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación
territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su
Personería Gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
-2019-75-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el Acuerdo suscripto entre la UNION
OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SECCIONAL VILLA MERCEDES)
por la parte sindical y la empresa METALMECANICA SOCIEDAD ANONIMA por
la parte empleadora, que luce a páginas 1/2 del
RE-2021-110520309-APN-DGD#MT agregado al Expediente de Referencia,
ratificado en RE-2022-02779956-APN-DGD#MT del
EX-2022-02780002-APN-DGD#MT por la UNION OBRERA METALURGICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, (ENTIDAD CENTRAL) agregado al Expediente
Principal, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
de los instrumentos identificados en el artículo 1° de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/03/2022 N° 14544/22 v. 17/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)