MINISTERIO DE SALUD
Resolución 636/2022
RESOL-2022-636-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 22/03/2022
VISTO el expediente EX-2022-25945267-APN-SGA#MS, y
CONSIDERANDO:
Que la Declaración Americana de los Derechos de los Pueblos Indígenas
establece en su artículo 18 que los pueblos indígenas tienen derecho en
forma colectiva e individual al disfrute del más alto nivel posible de
salud física, mental y espiritual.
Que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
establece en su artículo 25 que los gobiernos deberán velar para que
haya a disposición de los pueblos interesados servicios de salud
adecuados, o proporcionar a dichos pueblos los medios que les permitan
organizar y prestar tales servicios bajo su propia responsabilidad y
control, a fin de que puedan gozar del máximo nivel posible de salud
física y mental.
Que el Ministerio de Salud de la Provincia de Salta solicita se declare
como zona sanitaria desfavorable a los departamentos de General San
Martín, Orán y Rivadavia de dicha provincia, de acuerdo a las
especiales características de estas áreas, en particular las
condiciones de vulnerabilidad socio sanitarias de la población, su
accesibilidad, el déficit de profesionales y los perfiles
epidemiológicos que se registran.
Que la crecida de los ríos Pilcomayo y Bermejo en la Provincia de Salta
provoca inundaciones donde se encuentran viviendo familias de las
comunidades de pueblos originarios, lo que ha traído aparejado serias
dificultades de acceso al agua potable y a los servicios de salud para
dichas familias.
Que los servicios de agua y saneamiento insuficientes exponen a la
población a riesgos prevenibles para su salud, y en el caso de los
centros sanitarios las y los profesionales quedan expuestos a mayores
riesgos de infección y enfermedad.
Que por lo expuesto, se han generado índices altos de mortalidad
infantil causados por infecciones respiratorias, gastroenteritis y
deshidratación grave en contexto de riesgo nutricional ante la
imposibilidad de acceso al agua potable.
Que por criterio de criticidad y dificultad en el acceso de agua, las
familias que se encuentran en los departamentos de San Martín, Orán y
Rivadavia son las que presentan mayores necesidades y se encuentran en
estado de emergencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN DE LOS SISTEMAS Y ATENCIÓN PRIMARIA
y la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD han prestado conformidad a la
medida propiciada.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley
de Ministerios N° 22.520, modificatorias y complementarias y por el
artículo 6° de la Ley N° 27.480.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase zona sanitaria desfavorable a los Departamentos
de San Martín, Orán y Rivadavia de la Provincia de Salta, por las
razones expuestas en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.
E/E Juan Zabaleta
e. 23/03/2022 N° 17677/22 v. 23/03/2022