MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN DE LOS REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Disposición 5/2022
DI-2022-5-APN-DNCRSS#MT
Ciudad de Buenos Aires, 23/03/2022
VISTO el EX-2021-07646581-APN-DGD#MT, la Ley Nº 26.377, el Decreto Nº
1370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución de la SECRETARÍA DE
SEGURIDAD SOCIAL N° 7 de fecha 5 de octubre de 2010 y la Resolución de
la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 76 de fecha 16 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1370/2008 facultó a
las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las
entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente
representativas, sean integrantes o no del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), a celebrar entre sí
convenios de corresponsabilidad gremial en materia de Seguridad Social.
Que el Decreto Nº 1370/2008 estableció la competencia de la SECRETARÍA
DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, para efectuar la homologación de los convenios celebrados en el
marco de la Ley Nº 26.377.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 7 de
fecha 5 de octubre de 2010 se homologó, con los alcances previstos en
la Ley Nº 26.377 y su Decreto Reglamentario Nº 1.370/08, el Convenio
celebrado entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y
ESTIBADORES (UATRE), y diversas entidades representativas de los
productores de la actividad Forestal de la Provincia del CHACO.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 76 de fecha 16 de
enero de 2017, por excusación del entonces Señor Secretario de
Seguridad Social, se homologó la Adenda al Convenio de
Corresponsabilidad Gremial, con el objeto de fortalecer la herramienta.
Que el citado Convenio ha sido objeto de modificaciones en virtud de la
entrada en vigencia de la Adenda antes mencionada y en tal sentido se
hace necesario el ordenamiento legal del acuerdo de partes, tomando
como base el texto del Convenio originario y la adenda.
Que por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N°
76 de fecha 16 de enero de 2017, se encomendó a la entonces Dirección
Nacional de Regímenes de la Seguridad Social a elaborar el Texto
Ordenado del Convenio de Corresponsabilidad Gremial homologado por la
Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 7 de fecha 5 de
octubre de 2010.
Que la Dirección Nacional de Coordinación de los Regímenes de la Seguridad Social ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 76 de
fecha 16 de enero de 2017.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN DE LOS REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Texto Ordenado del Convenio de
Corresponsabilidad Gremial homologado por Resolución de la SECRETARÍA
DE SEGURIDAD SOCIAL N° 7 de fecha 5 de octubre de 2010 que como ANEXO
DI-2021-124568355-APN-DNCRSS#MT forma parte integrante de la presente
disposición.
ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eduardo Lepore
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/03/2022 N° 18017/22 v. 28/03/2022
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo I)