CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Resolución C.D. 7/2022
Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2022
Expte. Nº 38.615
En la sesión del día de la fecha (Acta N° 1271) el Consejo Directivo aprobó la siguiente resolución:
VISTO:
1. Lo dispuesto por los artículos 7°, 19 y 37 de la Ley Nº 466 CABA,
con respecto a la duración de los cargos de los integrantes del Consejo
Directivo, del Tribunal de Ética Profesional y de la Comisión
Fiscalizadora, y el texto de los artículos 41 y 44 de la misma Ley, con
relación a la periodicidad de las elecciones y las modalidades de la
convocatoria,
2. Las previsiones de las normas contenidas en el Capítulo VIII (“Del
Régimen Electoral”) de la Ley Nº 466 CABA, las facultades otorgadas al
Consejo Directivo y los plazos y demás términos allí previstos, así
como el cronograma elaborado por la Gerencia de Matrículas,
Legalizaciones y Control, del cual se toma conocimiento en la presente
reunión,
3. La Resolución C. D. Nº 72/2021 que fijó la fecha de elecciones el día 8 de junio de 2022, y
CONSIDERANDO:
1. Que el 30 de junio de 2022 concluye su mandato la totalidad de los
miembros del Consejo Directivo, del Tribunal de Ética Profesional y de
la Comisión Fiscalizadora, que fueran electos el 19 de junio de 2019,
de conformidad con la convocatoria dispuesta por Resolución C. D. Nº
15/2019.
2. Que en consecuencia, corresponde convocar a los matriculados a
elecciones de integrantes de dichos Cuerpos para el período comprendido
entre el 1° de julio de 2022 y el 30 de junio de 2025, con arreglo a lo
dispuesto por los artículos 41 a 61, ambos inclusive, de la Ley Nº 466
CABA, fijando el calendario electoral en el marco del cronograma que se
determine al efecto.
3. Que el artículo 45 de la Ley Nº 466 CABA, pone en función del
Consejo Directivo la designación de la Junta Electoral que tendrá a su
cargo la organización del comicio, la oficialización de agrupaciones y
listas de candidatos, el escrutinio definitivo, el juzgamiento de la
elección, la adjudicación de los cargos y la proclamación de los
electos.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Art. 1º.- CONVOCAR a la elección de los/las integrantes del Consejo
Directivo, del Tribunal de Ética Profesional y de la Comisión
Fiscalizadora a los/las matriculados/as, cuyo acto eleccionario se
realizará el día miércoles 8 DE JUNIO DE 2022, desde la hora 08:00
hasta la hora 20:00, en la sede de la Institución sita en Viamonte
1549, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 41, 42 y 44 Ley Nº 466
CABA).
Art. 2º.- ESTABLECER que los cargos que se cubrirán en el marco de
dicho comicio, tendrán mandato desde el 1º de julio de 2022 por los
siguientes tres (3) años, venciendo en consecuencia el referido mandato
el día 30 de junio de 2025. Los cargos a cubrir son los siguientes:
1. Veinticinco (25) miembros titulares y veinticinco (25) miembros
suplentes para integrar el Consejo Directivo, en los términos de la Ley
Nº 466 CABA, Arts. 6º y 8º, con la siguiente distribución por
matrículas, tanto para los titulares como para los suplentes:
a) 16 Contadores Públicos (11 por la mayoría y 5 por la minoría).
b) 3 Licenciados en Administración (2 por la mayoría y 1 por la minoría).
c) 3 Licenciados en Economía (2 por la mayoría y 1 por la minoría).
d) 3 Actuarios (2 por la mayoría y 1 por la minoría).
2. Quince (15) miembros titulares y quince (15) miembros suplentes para
integrar el Tribunal de Ética Profesional, en los términos de la Ley Nº
466 CABA, Arts. 18 y 19, con la siguiente distribución por matrículas,
tanto para los titulares como para los suplentes:
a) 12 Contadores Públicos (7 por la mayoría y 5 por la minoría)
b) 1 Licenciado en Administración
c) 1 Licenciado en Economía
d) 1 Actuario
3. Tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes con Matrícula de
Contador Público para integrar la Comisión Fiscalizadora, en los
términos de la Ley Nº 466 CABA, Art. 37, dos (2) por la minoría y uno
(1) por la mayoría.
Art. 3º.- En la conformación de todos los organismos antedichos, deberá
respetarse lo establecido por el Art. 36 de la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de garantizar la igualdad
real de oportunidades y trato entre varones y mujeres en el acceso y
goce de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales (Art. 4° Ley Nº 466, CABA).
Art. 4º.- FIJAR el siguiente CALENDARIO ELECTORAL, debiendo entenderse que todas las fechas se refieren al año 2022:
25 de abril a las 18:00 hs. Vencimiento del plazo para la solicitud de
reconocimiento y nombramiento de apoderados de agrupaciones nuevas.
Desde el 25 de abril. Exhibición del Padrón Provisorio. Comienzo del período de consulta.
09 de mayo a las 18:00 hs. Vencimiento del plazo para la recepción de Observaciones del Padrón Provisorio.
09 de mayo a las 18:00 hs. Vencimiento del plazo para el reconocimiento por parte de la Junta Electoral de agrupaciones nuevas.
Desde el 16 de mayo. Exhibición del Padrón Definitivo.
16 de mayo a las 18:00 hs. Vencimiento del plazo para la ratificación
de reconocimiento de agrupaciones que hayan intervenido en el comicio
anterior.
24 de mayo a las 18:00 hs. Vencimiento del plazo para la presentación de listas de candidatos.
27 de mayo a las 18:00 hs. Vencimiento del período de impugnación de candidatos o listas.
30 de mayo a las 18:00 hs. Vencimiento del plazo para resolver sobre las impugnaciones y oficializar las listas.
8 de junio de 08:00 a 20:00 hs. Elecciones en la sede de la calle
Viamonte 1549, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Art. 44 Ley Nº 466).
Art. 5º.- HACER SABER que, si con posterioridad a la publicación de la
convocatoria, se declarase inhábil alguna fecha comprendida en el
calendario electoral, ésta se postergará automáticamente un día hábil
por cada día que se declare inhábil, sin perjuicio de los actos
cumplidos, y no modificándose el resto de las fechas del calendario
electoral, salvo lo referido a los plazos relacionados con las fechas
postergadas, y manteniéndose la fecha fijada para la celebración del
acto eleccionario.
Art. 6º.- Ratificar el Reglamento Electoral aprobado por Res. C. D.
71/2021, el que tendrá vigencia para el acto electoral que se convoca
por esta Resolución.
Art. 7º.- PUBLICAR no más allá del 22 de abril de 2022 por un (1) día
la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el Boletín Oficial de la República Argentina y, al
menos, en dos (2) de los diarios de mayor circulación de la Ciudad, y
DIFUNDIR además por los medios impresos y digitales del Consejo
Profesional, en su sitio de Internet, en las tablillas de anuncios de
las entradas de sus sedes y en los demás medios y lugares que se
dispongan.
Art. 8°.- ESTABLECER que cualquier consulta, gestión o presentación
relacionada con el proceso eleccionario convocado en la presente, no se
podrá realizar con anterioridad a la publicación en el Boletín Oficial
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la
República Argentina establecida en el Articulo 7º.
Art. 9º.- COMUNÍQUESE al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, regístrese y archívese.
Julio R. Rotman - Gabriela V. Russo
e. 29/03/2022 N° 18839/22 v. 29/03/2022