Disposición 136/2022
DI-2022-136-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 10/01/2022
VISTO el EX-2019-35885900-APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546
(t.o.2004), y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 3/7 del IF-2019-75713965-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2019-75525282- -APN-DGDMT#MPYT vinculado por tramitación conjunta al
EX-2019-35885900-APN-DGDMT#MPYT, consta que se ha celebrado un Acuerdo
entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL HIELO Y DE
MERCADOS PARTICULARES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical
y la FEDERACION NACIONAL DE OPERADORES DE MERCADOS FRUTIHORTICOLAS Y
AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, conforme a
lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el instrumento cuya homologación las partes solicitan, se
pacta un incremento salarial cuya vigencia comenzará el día 1° de Mayo
de 2019 hasta el 30 de Abril de 2020, bajo los términos y condiciones
allí pactadas, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 232/94.
Que el ámbito de aplicación del Acuerdo en análisis, se circunscribe a
la estricta correspondencia entre el alcance de representación de la
Federación firmante y los ámbitos personal y territorial de actuación
de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente conforme las constancias obrantes en autos.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión
Administrativa DA-2019-182-APN-JGM..
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el Acuerdo obrante en las páginas
3/7 del IF-2019-75713965-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-75525282-
-APN-DGDMT#MPYT vinculado por tramitación conjunta al
EX-2019-35885900-APN-DGDMT#MPYT, celebrado entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL HIELO Y DE MERCADOS PARTICULARES DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la FEDERACION NACIONAL DE
OPERADORES DE MERCADOS FRUTIHORTICOLAS Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido por la
Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
del Acuerdo identificado en el Artículo 1°de la presente Disposición.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo,
a los fines de que a través de la Dirección de Normativa Laboral se
evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 232/94.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Disposición,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/03/2022 N° 18099/22 v. 29/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)