Disposición 139/2022
DI-2022-139-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2022
VISTO el EX-2019-52807002-APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 3/4 de la CD-2019-54096970-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2019-52807002-APN-DGDMT#MPYT, obra el Acuerdo celebrado con fecha 30
de Marzo de 2017 entre la UNIÓN PERSONAL DE PANADERÍAS Y AFINES
(U.P.P.A.), por el sector gremial, y la ASOCIACIÓN DE PANADEROS DE LA
CAPITAL FEDERAL (APACA) y la CÁMARA INDUSTRIALES PANADEROS DE LA CIUDAD
DE BUENOS AIRES, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del expediente de referencia ha sido digitalizado el Expediente Nº 1.758.282/17.
Que mediante el texto negocial referido las partes convienen el pago de
una suma de carácter no remunerativa por única vez en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo Nº 269/95, bajo los términos allí
establecidos.
Que con respecto al carácter atribuido a la suma pactada, corresponde
hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N°
20.744 (t.o. 1976).
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la entidad empresaria signataria y la
representatividad del sector sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de lo normado por Decisión Administrativa
DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo celebrado con fecha 30 de
Marzo de 2017 entre la UNIÓN PERSONAL DE PANADERÍAS Y AFINES
(U.P.P.A.), por el sector gremial, y la ASOCIACIÓN DE PANADEROS DE LA
CAPITAL FEDERAL (APACA) y la CÁMARA INDUSTRIALES PANADEROS DE LA CIUDAD
DE BUENOS AIRES, por el sector empleador, que luce en las páginas 3/4
de la CD-2019-54096970-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2019-52807002-APN-DGDMT#MPYT, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
Acuerdo que luce en las páginas 3/4 de la
CD-2019-54096970-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-52807002-APN-DGDMT#MPYT.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de N° 269/95.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Disposición,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/03/2022 N° 18253/22 v. 29/03/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)