MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 536/2021
DI-2021-536-APN-DNRYRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2021
VISTO el Ex-2019-53294794-APN-DGDMT#MPYT del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744
(t.o. 1976), Ley 23546 ( t.o. 2004) y
CONSIDERANDO:
Que bajo las páginas 3/5 del IF-2019-53418353-APN-DGDMT#MPYT y la
pagina 1 del IF- 2019-57305339-APN-DNRYRT#MPYT, obran el Acuerdo y Acta
complementaria celebrados entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA
SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical, y el HOSPITAL ALEMÁN
ASOCIACIÓN CIVIL, por la empleadora, en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo N° 103/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004)
Que las precitadas partes procedieron a pactar una gratificación
extraordinaria por única vez y nuevas condiciones económicas en
relación a los viáticos y premio por asistencia y puntualidad, en los
terminos y condiciones alli establecidos.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el
alcance de representación de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 ( t.o. 2004)
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio,
pasen las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a los fines de que, a través de la Dirección
de Normativa Laboral y en virtud de la autorización efectuada mediante
RESOL-2021-301-APN-ST#MT y su consecuente DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, se
evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión
Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el Acuerdo y acta complementaria
celebrados entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA,
por la parte sindical, y el HOSPITAL ALEMÁN ASOCIACIÓN CIVIL, por la
empleadora, que lucen a páginas 3/5 del IF-2019-53418353-APN-DGDMT#MPYT
y a pagina 1 IF- 2019-57305339-APN-DNRYRT#MPYT del presente expediente,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o
2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
Acuerdo y acta complementaria obrantes a páginas 3/5 del
IF-2019--53418353-APN-DGDMT#MPYT y a página 1 del
IF-2019-57305339-APN-DNRYRT#MPYT del presente expediente.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo,
a los fines de que a través de la Dirección de Normativa Laboral se
evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 103/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de
Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación, no efectúe la
publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta
Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Gabriela Marcello
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/04/2022 N° 20353/22 v. 04/04/2022
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)