MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 172/2022
RESOL-2022-172-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2022
VISTO el EX-2021-122005904-
-APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y
sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el
RE-2021-122005765-APN-DGD#MT del EX-2021-122005904- -APN-DGD#MT, obra
el acuerdo celebrado entre la empresa SIAT SOCIEDAD ANÓNIMA, por la
parte empleadora, y la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA
METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA- Seccional Villa Constitución,
por la entidad sindical, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el mentado acuerdo ha sido
ratificado por la entidad sindical central en el
RE-2022-04376119-APN-DGD#MT del EX-2022-04379291-APN-DGD#MT, que
tramita conjuntamente con el EX-2021-122005904- -APN-DGD#MT.
Que a través del referido acuerdo
las partes convienen el pago de una gratificación extraordinaria de
pago único, para el personal que se desempeña en el establecimiento
sito en la localidad de Villa Constitución – Provincia de Santa Fe,
conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que, respecto al carácter atribuido
a la suma pactada, corresponde hacer saber a las partes lo establecido
en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).
Que el ámbito de aplicación se
circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que
ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical
signataria, emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales ratifican
el contenido y firmas insertas en y facultades para negociar
colectivamente con las constancias obrantes en estas actuaciones y los
antecedentes obrantes ante esta Cartera de Estado.
Que los delegados de personal se han
presentado a tomar la intervención que les compete en los términos del
Art. 17 de la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la
Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este
Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde
dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de
conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto
para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones
otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado
el acuerdo que luce en el RE-2021-122005765-APN-DGD#MT del
EX-2021-122005904- -APN-DGD#MT celebrado entre la empresa SIAT SOCIEDAD
ANÓNIMA, por la parte empleadora, y la ASOCIACIÓN DE SUPERVISORES DE LA
INDUSTRIA METALMECÁNICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA- Seccional Villa
Constitución, conjuntamente con la ratificación de la entidad sindical
central en el RE-2022-04376119-APN-DGD#MT del
EX-2022-04379291-APN-DGD#MT que tramita conjuntamente con el
EX-2021-122005904- -APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección
de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de
Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido,
pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a
los fines del registro de los instrumentos homologados por el Artículo
1° de la presente Resolución.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el
supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y
de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer
párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/05/2022 N° 29838/22 v. 06/05/2022
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI)