ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 862/2022
RESOL-2022-862-APN-ENACOM#JGM FECHA 16/05/2022 ACTA 78
EX-2022-28393272-APN-DNFYD#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Aprobar el Reglamento Particular para la convocatoria a concurso
abierto del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN
AUDIOVISUAL LINEA CONTENIDOS – LINEA C/2022-, que tiene por objeto
fomentar la producción de contenidos audiovisuales y radiofónicos que,
en un marco de federalización y desde su enfoque temático específico,
contribuyan a la promoción de la diversidad, la pluralidad de voces, la
construcción de ciudadanía y la inclusión social, implementándose a
través de 2 SUBLINEAS que como Anexo registrado en el GEDO como
IF-2022-47985975-APN-DNFYD#ENACOM, forma parte integrante de la
presente.
2.- Convocar a concurso abierto, en todo el territorio nacional para la
presentación de proyectos, correspondiente al FONDO DE FOMENTO
CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL LINEA CONTENIDOS –
LINEA C/2022-, conforme el cronograma establecido en el Artículo 16 del
Reglamento Particular, aprobado como Anexo registrado en el GEDO como
IF-2022-47985975-APN-DNFYD#ENACOM, a los siguientes destinatarios para
ambas SUBLÍNEAS: Personas Jurídicas, de derecho privado sin fines de
lucro en cuyo objeto social se incluya la comunicación, difusión,
propagación cultural y/o producción de contenidos, que cuenten con
inscripción vigente en el Registro Público de Señales y Productoras
creado por el Artículo 58 de la Ley N° 26.522.
3.- Recomendar a aquellos sujetos mencionados en el Artículo 2° de la
presente, que no cuenten con la inscripción vigente en el Registro
Público de Señales y Productoras creado por el Artículo 58 de la Ley N°
26.522 al dictado de la presente medida, a realizar dicho trámite con
la suficiente antelación a la participación del presente concurso,
atento los plazos administrativos requeridos para obtener dicho
registro y con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el
Reglamento Particular.
4.- El gasto que demande el cumplimiento del Concurso abierto del FONDO
DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL LINEA
CONTENIDOS – LINEA C/ 2022-, será financiada con los recursos
contemplados en el Artículo 97, inciso f) de la Ley N° 26.522.
5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini,
Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/05/2022 N° 35107/22 v. 19/05/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)