MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 991/2022
RESOL-2022-991-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 28/06/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-94874086- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la
Resolución N° 2312 de fecha 30 de diciembre de 2021 del MINISTERIO DE
CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1° de la Resolución M.C. Nº 2312/21
(RESOL-2021-2312-APN-MC) se aprobó el Concurso “Premio Adquisición 8M
Edición 2022”, que tiene como objeto exhibir y premiar obras realizadas
por artistas mujeres, lesbianas, travestis, trans y no binarias.
Que, a través del artículo 2° del referido acto administrativo, se
destinó la suma de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL
($4.800.000.-), a la atención de los premios del concurso, que sería
distribuida en OCHO (8) galardones de PESOS SEISCIENTOS MIL
($600.000.-) cada uno.
Que tal medida se fundó en los objetivos del Convenio Marco de
Asistencia y Cooperación Recíproca celebrado el 21 de octubre de 2020
entre el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD y el
MINISTERIO DE CULTURA (CONVE-2020-71165991-APN-MMGYD), y en que, en
coincidencia con el 8 de marzo, que se celebra el “Día Internacional de
la Mujer”, se entendía oportuno promover la reflexión sobre el canon
artístico y los relatos museológicos en la REPÚBLICA ARGENTINA, a
través de una exhibición y un certamen que, gracias a la cesión de las
obras premiadas, por partes de sus autoras/es, permitirán comenzar a
restituir la presencia de artistas mujeres, lesbianas, travestis, trans
y no binarias en las colecciones nacionales y, de este modo, revertir
las tendencias patriarcales de los acervos de los museos.
Que, en virtud del Punto 8, párrafo primero, de las bases y condiciones
del Concurso “Premio Adquisición 8M Edición 2022”, aprobadas por el
artículo 1° de la Resolución M.C. N° 2312/21, luego de la verificación
inicial del cumplimiento de los requisitos mínimos de índole general
que configuran los criterios de admisión de las obras y de una
instancia de preselección llevada adelante por un Jurado designado a
tal efecto, éste deberá seleccionar a las OCHO (8) mejores obras, en
tanto que las OCHO (8) obras siguientes revestirán la condición de
suplentes, pudiendo acceder al premio correspondiente en caso de que
las/les participantes elegidos inicialmente estén impedidos de percibir
dicho beneficio o renuncien a él.
Que sin embargo, debido a la magnitud y calidad de los trabajos
presentados y el interés y la participación que despertó el Concurso,
resulta aconsejable extender la asignación de premios a OCHO (8) obras
más.
Que, por ende, procede ampliar el cupo total de premios previsto en la
Resolución M.C. N° 2312/21 y en las bases y condiciones del Concurso
“Premio Adquisición 8M Edición 2022”, aprobadas por dicho acto
administrativo, por la suma total adicional a la allí establecida de
PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($4.800.000.-), a razón de OCHO
(8) galardones más, de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000.-) cada uno.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el
Decreto Nº 882/21 de prórroga de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y
distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de
2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el artículo 18 de
la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y Decreto
N° 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ampliar el cupo total de premios previsto en el Concurso
“Premio Adquisición 8M Edición 2022”, aprobado por el artículo 1° de la
Resolución M.C. N° 2312/21 (RESOL-2021-2312-APN-MC), por la suma total
adicional a la allí establecida de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
MIL ($4.800.000.-), a razón de OCHO (8) galardones más, de PESOS
SEISCIENTOS MIL ($600.000.-) cada uno.
ARTÍCULO 2°.- Sustituir el artículo 2° de la Resolución M.C. N° 2312/21 (RESOL-2021-2312-APN-MC), por el siguiente:
“ARTICULO 2º.- Destinar la suma de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL
($9.600.000.-), a la atención de los premios del concurso aprobado por
el artículo 1°, que será distribuida en DIECISÉIS (16) galardones de
PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000.-) cada uno”.
ARTÍCULO 3°.- Sustituir el párrafo tercero de las Bases y Condiciones
del Concurso “Premio Adquisición 8M Edición 2022”, aprobadas por el
artículo 1° de la Resolución M.C. N° 2312/21 (RESOL-2021-2312-APN-MC),
por el siguiente:
“Entre las obras que sean presentadas al Concurso PREMIO ADQUISICIÓN 8M
EDICIÓN 2022, se realizará una preselección de aproximadamente OCHENTA
(80) de ellas, por parte de un Jurado de CINCO (5) miembros integrado
por DOS (2) representantes del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y
DIVERSIDAD, DOS (2) representantes de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO
CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA y UN (1) miembro más, propuesto por
esta última Secretaría, que no pertenezca al ámbito de ninguno de ambos
organismos. Las obras que resulten preseleccionadas serán exhibidas en
el CENTRO CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS
KIRCHNER” —si las condiciones sanitarias imperantes así lo permiten— y
posteriormente el mencionado Jurado procederá a seleccionar las
DIECISÉIS (16) mejores, a cuyos autoras/es se les otorgarán sendos
premios adquisición de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000.-) cada uno.
Consecuentemente, el MINISTERIO DE CULTURA destinara´ para este
concurso la suma total de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL
($9.600.000.-)”.
ARTÍCULO 4°.- Sustituir el párrafo primero del Punto 8 - Evaluación de
los trabajos, de las Bases y Condiciones del Concurso “Premio
Adquisición 8M Edición 2022”, aprobadas por el artículo 1° de la
Resolución M.C. N° 2312/21 (RESOL-2021-2312-APN-MC), por el siguiente:
“Durante el desarrollo de la exhibición a la que se alude en el punto
anterior, el Jurado seleccionará a las DIECISÉIS (16) mejores obras,
que serán premiadas conforme a las pautas planteadas en la introducción
de estas bases. Las OCHO (8) obras siguientes revestirán la condición
de suplentes, pudiendo acceder al premio correspondiente en caso de que
las/les participantes elegidos inicialmente estén impedidos de percibir
dicho beneficio o renuncien a él”.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN
72 - MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
e. 30/06/2022 N° 48355/22 v. 30/06/2022