AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN
Resolución 108/2022
RESOL-2022-108-APN-ANPIDTYI#MCT
Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2022
VISTO el Expediente EX-2021-103866947- -APN-DGA#ANPIDTYI, el Decreto N°
680 del 30 de septiembre de 2021 que aprobó el Contrato de Préstamo BID
5293/OC-AR suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO, la Resolución N° 131 del 8 de noviembre
de 2021 del Directorio de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA
INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución N° 131/2021 del Directorio de la AGENCIA
NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y
LA INNOVACIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo del PROGRAMA
INNOVACIÓN FEDERAL, enmarcado en el Contrato de Préstamo BID 5293/OC-AR.
Que en el Artículo 2° del mencionado acto se omitió ordenar su
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina a través de
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
Que resulta necesario propiciar la presente medida, a los fines de que dicha Resolución sea objeto de publicación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la AGENCIA NACIONAL DE
PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA
INNOVACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que el dictado de la siguiente medida se efectúa en uso de las
atribuciones conferidas por las facultades conferidas por el Decreto Nº
157 del 14 de febrero de 2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Publíquese la Resolución RESOL-2021-131-APN-ANPIDTYI#MCT
en el Boletín Oficial de la República Argentina, a través de la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese a la DIRECCION GENERAL DE
ADMINSTACIÓN y a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, publíquese,
dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Fernando Ernesto Peirano
e. 06/07/2022 N° 50438/22 v. 06/07/2022