MINISTERIO DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 507/2022
RESOL-2022-507-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-33917547-APN-SE#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 622 de fecha 26 de junio de 2012 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se autorizó el ingreso al MERCADO
ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) del DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS de la
Provincia de RÍO NEGRO (DPA), como Agente Generador por la CENTRAL
HIDROELÉCTRICA SALTO ANDERSEN, de SIETE COMA NOVENTA Y DOS MEGAVATIOS
(7,92 MW).
Que el Artículo 3º del referida resolución condicionaba la vigencia de
la autorización otorgada a la celebración del Contrato de Concesión con
el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley Nº 15.336,
texto conforme al Artículo 89 de la Ley Nº 24.065, antes del 31 de
diciembre de 2013.
Que con posterioridad se han dispuesto prórrogas a la autorización
otorgada para actuar como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO
MAYORISTA (MEM), la última de ellas concedida por medio de la
Resolución Nº 1.005 de fecha 10 de noviembre de 2017 de la ex
SECRETARÍA DEL ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la
suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley Nº 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que
conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones
pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se
considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de
2025.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector
Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría
ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del
Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, de los Artículos 35, y 85 de la Ley Nº
24.065 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la postergación de la fecha límite definida en
el Artículo 1º de la Resolución Nº 1.005 de fecha 10 de noviembre de
2017 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, quedando el DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS de la
Provincia de RÍO NEGRO (DPA), habilitado para actuar con carácter
provisorio como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM)
por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA SALTO ANDERSEN hasta el 31 de diciembre
de 2025.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese al DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS de la
Provincia de RÍO NEGRO (DPA), a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO
MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la ADMINISTRACIÓN
PROVINCIAL DE ENERGÍA DE LA PAMPA (APELP) y al ENTE NACIONAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la
órbita la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Norman Darío Martínez
e. 06/07/2022 N° 50545/22 v. 06/07/2022