SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1827/2019
RESOL-2019-1827-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2019
VISTO el EX-2019-15328106-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley 24.013 y la Ley N° 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa SERVICIOS COMPASS DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA celebra
dos acuerdos directos con la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO,
HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA) obrantes
en las páginas 1/2 del IF-2019-19390052-APN-DNRYRT#MPYT del
EX-2019-15328106-APN-DGDMT#MPYT y 17/18 del
IF-2019-52203898-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-52097666-APN-DGDMT#MPYT,
que tramita conjuntamente con el EX-2019-15328106-APN-DGDMT#MPYT, los
que han sido ratificados en el IF-2019-19393059-APN-DNRYRT#MPYT e
IF-2019-54625252-APN-DNRYRT#MPYT, donde solicitan su homologación.
Que en atento a las suspensiones pactadas entre la empresa VOLKSWAGEN
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, donde la empresa de marras brinda servicios
de comedor, y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, cuyos acuerdos tramitan en los
EX-2019-38757556-APN-DGDMT#MPYT y EX-2019-55101360-APN-DGDMT#MPYT, las
partes convienen suspensiones de personal en los términos del artículo
223 bis de la Ley N° 20.744.
Que cabe indicar que los listados de personal afectado se encuentran en
las páginas 3/7 del IF-2019-19390052-APN-DNRYRT#MPYT y 19/21 del
IF-2019-52203898-APN-DGDMT#MPYT.
Que en relación a ello, corresponde señalar que si bien se encuentra
vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que imponen
la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con
carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al
consentimiento prestado por la entidad sindical en los acuerdos bajo
análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la
situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con los
mismos se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la
exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de
actividad.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que
invisten con la documentación adjunta y ratifican en todos sus términos
los acuerdos de marras.
Que en razón de lo expuesto, procede la homologación de los mismos, los
que serán considerados como acuerdos marco de carácter colectivo, sin
perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de
las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15
de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su
conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad
Administrativa competente.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
empresa SERVICIOS COMPASS DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, y la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y
GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA), por la parte gremial,
obrante en las páginas 1/2 del IF-2019-19390052-APN-DNRYRT#MPYT del
EX-2019-15328106-APN-DGDMT#MPYT, conjuntamente con el listado de
personal afectado obrante en las páginas 3/7 del
IF-2019-19390052-APN-DNRYRT#MPYT.
ARTÍCULO 2º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
empresa SERVICIOS COMPASS DE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, y la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y
GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UTHGRA), por la parte gremial,
obrante en las páginas 17/18 del IF-2019-52203898-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2019-52097666-APN-DGDMT#MPYT, que tramita conjuntamente con el
EX-2019-15328106-APN-DGDMT#MPYT, conjuntamente con el listado de
personal afectado obrante en las páginas 19/21 del
IF-2019-52203898-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante en las páginas 1/2 del IF-2019-19390052-APN-DNRYRT#MPYT
del EX-2019-15328106-APN-DGDMT#MPYT, conjuntamente con el listado de
personal afectado obrante en las páginas 3/7 del
IF-2019-19390052-APN-DNRYRT#MPYT, y del acuerdo obrante en las páginas
17/18 del IF-2019-52203898-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2019-52097666-APN-DGDMT#MPYT, que tramita conjuntamente con el
EX-2019-15328106-APN-DGDMT#MPYT, conjuntamente con el listado de
personal afectado obrante en las páginas 19/21 del
IF-2019-52203898-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5°.- Establécese que la homologación de los acuerdos marco
colectivo que se dispone por los Artículos 1° y 2° de la presente
Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los
trabajadores comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 6°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito de
los instrumentos homologados y de esta Resolución, resultará aplicable
lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Lucas Fernández Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/07/2022 N° 42286/22 v. 06/07/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)