COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES
Decreto 378/2022
DCTO-2022-378-APN-PTE - Desígnase Secretaria.
Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-49252354-APN-DGD#MC, la Ley Nº 23.351, el Decreto Nº 1078 del 6 de julio de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se solicita la designación de
la señora María Guadalupe CONDE como Secretaria de la COMISIÓN NACIONAL
PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, organismo desconcentrado
dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE
CULTURA.
Que la persona propuesta reúne las exigencias de idoneidad y
experiencia requeridas para el desempeño del cargo y acredita estrecha
vinculación al quehacer bibliotecario y al ámbito de la educación y la
cultura.
Que el artículo 9º de la Ley Nº 23.351 determina que el Secretario o la
Secretaria de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES
es designado o designada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que es necesario proceder a la designación de la profesional propuesta por el organismo de origen.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo
9º de la Ley Nº 23.351.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase Secretaria de la COMISIÓN NACIONAL PROTECTORA
DE BIBLIOTECAS POPULARES, organismo desconcentrado dependiente de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, a la señora
María Guadalupe CONDE (D.N.I. Nº 26.465.240), por un período de ley, a
partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto
será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción
72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Tristán Bauer
e. 08/07/2022 N° 51853/22 v. 08/07/2022