SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 2138/2019
RESOL-2019-2138-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 04/11/2019
VISTO el EX-2018-65352587-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744
(t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004) y
CONSIDERANDO:
Que obra agregado a autos el Acuerdo suscripto en fecha 04 de
septiembre de 2.018, glosado como páginas 2 del
IF-2018-65692378-APN-DGDMT#MPYT, celebrado en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 226/93, entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES
DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS
(F.O.P.S.T.T.A.), por la parte sindical, y la empresa TELEFONICA DE
ARGENTINA S.A., por el sector empleador, conforme lo dispuesto por la
Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través de dicho Acuerdo las partes definen el valor del ítem
convencional “Compensación por Responsabilidad Operativa”, con vigencia
desde el 01 de septiembre de 2.018, conforme los detalles allí
impuestos.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del referido Acuerdo se circunscribe a la
estricta correspondencia entre la actividad de la representación
empleadora firmante, y los ámbitos de representación personal y
actuación territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de
su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
-2019-35-APN-PTE
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo suscripto el 04 de
septiembre de 2.018, celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES
DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS, por la
parte sindical, y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., por el
sector empleador, glosado como páginas 2 del
IF-2018-65692378-APN-DGDMT#MPYT del EX-2018-65352587-APN-DGDMT#MPYT,
conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.-- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro el instrumento
de fecha 04 de septiembre de 2.018, glosado como páginas 2 del
IF-2018-65692378-APN-DGDMT#MPYT del EX-2018-65352587-APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 226/93.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION, Y TRABAJO, no efectúe la publicación de carácter gratuito
del acuerdo homologado, y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Lucas Fernández Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/07/2022 N° 44152/22 v. 19/07/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)