COMISIÓN CASCOS BLANCOS
Decreto 436/2022
DCTO-2022-436-APN-PTE - Desígnase Vicepresidente.
Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-17616899-APN-DGRRHH#MRE y los Decretos
Nros. 1131 del 13 de julio de 1994 y sus modificatorios, 379 del 28 de
agosto de 1995, 270 del 24 de marzo de 2000 y su modificatorio, 143 del
22 de marzo de 2022 y 248 del 6 de mayo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 1131/94 se creó en el ámbito de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL HAMBRE Y LA
POBREZA.
Que por el Decreto N° 379/95 se modificó la denominación de la citada Comisión por la de COMISIÓN CASCOS BLANCOS.
Que por el Decreto Nº 270/00 se transfirió la COMISIÓN CASCOS BLANCOS
al ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO
Que el artículo 4º del citado Decreto Nº 1131/94 estableció que la
COMISIÓN CASCOS BLANCOS estará integrada por UN (1) Presidente o UNA
(1) Presidenta, UN (1) Vicepresidente Primero o UNA (1) Vicepresidenta
Primera, UN (1) Vicepresidente Segundo o UNA (1) Vicepresidenta Segunda
y TRES (3) Vocales, quienes serán designados o designadas por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
Que por el Decreto N° 143/22 se creó la AGENCIA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS como organismo desconcentrado del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que el Decreto N° 248/22 estableció que la “AGENCIA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS” pasará a denominarse “AGENCIA ARGENTINA
DE COOPERACION INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA-CASCOS BLANCOS”,
y deberá considerarse sustituida por tal denominación cada vez que se
hace referencia a la Agencia citada en primer término.
Que el artículo 6º del mencionado Decreto N° 143/22 establece:
“Sustitúyese el artículo 4º del Decreto N° 1131/94 por el siguiente:
“ARTÍCULO 4º.- La Comisión creada por el artículo 1º será presidida por
el Presidente o la Presidenta de la AGENCIA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL Y CASCOS BLANCOS, organismo desconcentrado del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y estará
integrada por: UN (1) Vicepresidente o UNA (1) Vicepresidenta y CUATRO
(4) Vocales que serán designados o designadas por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL”.
Que atento la vacancia del cargo de Vicepresidente de la COMISIÓN
CASCOS BLANCOS del ámbito de la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL Y ASISTENCIA HUMANITARIA-CASCOS BLANCOS, el MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO propone designar
al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Pablo Exequiel
VIRASORO.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha
intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase Vicepresidente de la COMISIÓN CASCOS BLANCOS,
en el ámbito de la AGENCIA ARGENTINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y
ASISTENCIA HUMANITARIA-CASCOS BLANCOS, organismo desconcentrado del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, al
Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Pablo Exequiel VIRASORO
(D.N.I. N° 18.753.086), a partir de la fecha del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero
e. 28/07/2022 N° 57776/22 v. 28/07/2022