INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 886/2022
RESOL-2022-886-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2022
VISTO el EX-2022-64789848-APN-GG#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y
sus modificaciones, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002,
N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, N° 627 de fecha 18 de septiembre de
2021 y N° 183 de fecha 12 de abril de 2022, y las Resoluciones INCAA N°
709 de fecha 28 de junio de 2022, y N° 830 de fecha 18 de julio de
2022, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o. 2001) establece que el
CONSEJO ASESOR del INCAA, estará integrado por ONCE (11) miembros
designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, de los cuales CINCO (5)
serán propuestos por la ASAMBLEA FEDERAL de dicho INSTITUTO, debiendo
ser personalidades relevantes de la cultura, UNO (1) por cada región
cultural, y los SEIS (6) miembros restantes serán designados a
propuesta de las entidades representantes del quehacer cinematográfico.
Que el Decreto N.º 627/2021 designó con carácter “ad honorem” a los
miembros del CONSEJO ASESOR del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES (INCAA) a propuesta de la Asamblea Federal del Organismo
por el plazo de un (1) año, conforme lo establecido en el articulo 2°
de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificaciones.
Que mediante la Resolución INCAA N° 709/2022 se convocó a las entidades
representativas del quehacer cinematográfico para que propongan SEIS
(6) personalidades relevantes de la Industria para que el INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES eleve la solicitud de
designaciones a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que en su Artículo 3° se establece que las propuestas de candidatos
para integrar el CONSEJO ASESOR deberán ser realizadas mediante correo
electrónico hasta el día 21 de julio de 2022 inclusive, las cuales
deberán ser remitidas en un solo archivo PDF por cada sector.
Que por nota de fecha 21 de julio de 2022 inserta en
IF-2022-75584310-APN-GG#INCAA, las Asociaciones CÁMARA ARGENTINA DE LA
INDUSTRIA CINEMATOGRÁFICA (CAIC) y ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES
INDEPENDIENTES DE MEDIOS AUDIOVISUALES (APIMA), informaron que el
sector al que pertenecen, productores, no cuenta con la unanimidad
requerida por la normativa vigente para efectuar la propuesta, y
solicitaron una prórroga del plazo establecido.
Que a los fines de garantizar la plena conformación del CONSEJO ASESOR,
se estima pertinente prorrogar el plazo dispuesto por el Artículo 3° de
la Resolución INCAA N° 709/2022 hasta el día 5 de agosto de 2022.
Que la GERENCIA GENERAL y la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que la facultad para el dictado del presente acto surge de la Ley N°
17.741 (t.o. Decreto Nº 1248/2001) y sus modificatorias y los Decretos
Nº 90/2020 y N° 183/2022.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE A/C DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas
de candidatos para integrar el CONSEJO ASESOR, establecido en el
Artículo 3° de la Resolución INCAA N° 709/2022, hasta el día 5 de
agosto de 2022 inclusive.
ARTICULO 2°.- Dejar constancia que vencido el plazo del artículo 1°, el
proyecto de decreto se elevará a la firma del Señor Presidente de la
NACIÓN con los nombres acordados.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Nicolas Daniel Batlle
e. 28/07/2022 N° 57290/22 v. 28/07/2022