MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 973/2022
RESOL-2022-973-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2022
VISTO el EX-2022-08721511- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546
(t.o.2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2022-08719265-APN-DGD#MT del EX-2022-08721511- -APN-DGD#MT
obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA - Seccional Avellaneda, por la parte sindical, y la
empresa TERNIUM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que el presente acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75.
Que a través del referido instrumento, las partes convienen extender la
aplicación del acuerdo obrante en el RE-2021-117127601-APNDGD#MT del
EX-2021-117128834- -APN-DGD#MT, que fuera homologado por
RESOL-2021-1827-APN-ST#MT y registrado bajo el número 4/22, para el
personal que se desempeña en el establecimiento Planta Canning,
conforme los términos allí indicados.
Que en atención al carácter asignado a las sumas, cabe recordar a las
mismas lo previsto en el artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo
N° 20.744 (t.o. 2.004).
Que la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - Entidad
Central ha ratificado el acuerdo mediante presentación realizada en el
RE-2022-28549874-APN-DGD#MT.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente conforme las constancias obrantes en autos.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019 -
75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el
RE-2022-08719265-APN-DGD#MT del EX-2022-08721511- -APN-DGD#MT,
celebrado entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA -
Seccional Avellaneda, por la parte sindical y la empresa TERNIUM
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador conjuntamente con
la ratificación de la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA - Entidad Central que luce en el RE-2022-28549874-APN-DGD#MT,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro
del acuerdo, identificado en el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente al Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 260/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/08/2022 N° 48011/22 v. 01/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)