INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 357/2022
RESOL-2022-357-APN-INASE#MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-69039277--APN-DA#INASE del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Artículo 3º de la
Resolución N° RESOL-2018-228-APN-INASE#MPYT de fecha 19 de diciembre de
2018 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en
la órbita de la ex – SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del
entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, órgano de
aplicación de la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas,
tiene como uno de sus propósitos fundamentales establecer criterios
para garantizar la calidad genética e identidad varietal de semillas en
el marco del objetivo de la citada Ley.
Que, asimismo, se requiere establecer un listado de marcadores basados
en ADN del tipo Single Nucleotide Polymorphism (SNP) para corroborar la
identidad varietal de las semillas de soja.
Que los marcadores tipo SNP se han seleccionado mediante un trabajo
conjunto del Sector Público y el Privado en base a estudios genotípicos
sobre el germoplasma de la especie.
Que la Dirección de Evaluación de Calidad, la Dirección de Registro de
Variedades, ambas dependientes de la Dirección Nacional de Desarrollo
de Semillas y Creaciones Fitogenéticas, la Dirección de Fiscalización,
dependiente de la Dirección Nacional de Articulación Federal, y la
Dirección de Asuntos Jurídicos, todas pertenecientes al INSTITUTO
NACIONAL DE SEMILLAS, han tomado la intervención técnica que les
compete.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE SEMILLAS, creada por la Ley N° 20.247 de
Semillas y Creaciones Fitogenéticas, se ha pronunciado favorablemente
al uso de este tipo de marcadores, según surge del Acta Nº 495 de fecha
12 de julio de 2022.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto conforme lo
establecido por Resolución N° RESOL-2022-72-APN-MAGYP de fecha 2 de
abril de 2022.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Anexo I de la Resolución N°
RESOL-2018-228-APN-INASE#MPYT de fecha 19 de diciembre de 2018 del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
de la ex – SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, que queda reemplazado por el Anexo
I (IF-2022-78316888-APN-INASE#MAGYP) que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Incorpórase como Artículo 5° BIS de la referida
Resolución N° RESOL-2018-228-APN-INASE#MPYT el siguiente texto: “A los
fines indicados en el Artículo 1° de la presente norma, el INSTITUTO
NACIONAL DE SEMILLAS, interpretará los resultados analíticos de acuerdo
a las siguientes pautas:
a) Se considerará que la muestra se corresponde con la variedad
declarada cuando la similitud de los perfiles de ADN calculados con el
coeficiente de asociación de Jaccard sea MAYOR o IGUAL al OCHENTA POR
CIENTO (80 %).
b) Se considerará que la muestra NO se corresponde con la variedad
declarada cuando dicha similitud sea MENOR o IGUAL al SESENTA POR
CIENTO (60 %).
c) Los casos no concluyentes serán analizados conjuntamente con la
prueba adicional que el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS considere
pertinente.
d) El titular de la muestra y/o el titular de la variedad analizada
podrá recurrir los resultados obtenidos. El recurrente tendrá a su
exclusivo cargo la determinación de la identidad varietal mediante la
utilización del listado de marcadores de ADN tipo Single Nucleotide
Polymorphism (SNP), que figura en el Anexo I de la Resolución N°
RESOL-2019-296-APN-INASE#MAGYP de fecha 8 de noviembre de 2019 del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLLAS.”
ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.
Obdulio San Martín
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/08/2022 N° 59422/22 v. 04/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
Listado de marcadores seleccionados para control de comercio en variedades de soja.
Los marcadores provienen de un grupo
mayor de marcadores tipo Single Nucleotide Polymorphism (SNP)
desarrollados por USDA (United Stated Department of Agriculture) que se
encuentra disponible públicamente. La información referida a los
marcadores seleccionados se encuentra en el siguiente link:
https://soybase.org/.
Los oligonucleótidos a utilizar para la visualización de los marcadores
deberán ser los desarrollados por la empresa LGC bajo el código SOYBEAN
PROJECT #5387.002.
IF-2022-78316888-APN-INASE#MAGYP