INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
Resolución 76/2022
RESFC-2022-76-APN-DIR#IAF
Ciudad de Buenos Aires, 05/08/2022
VISTO el EX-2022-78135324-APN-GRHYL#IAF, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el DCTO-2021-415-APN-PTE del 30 de junio de 2021 se
homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público, suscripta entre el Estado Empleador y la representación
gremial con fecha 26 de mayo de 2021, por la cual se acordó, como
cláusula tercera, elaborar una Propuesta de Régimen de Valoración por
Evaluación y Merito para la Promoción de Nivel para el personal del
Sistema Nacional de Empleo Público aprobado por el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (SINEP), homologado por Decreto 2098/08 y sus modificatorios,
por parte del Estado Empleador, previa consulta a las Entidades
Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera.
Que mediante el DCTO-2022-103-APN-PTE del 2 de marzo de 2022 se
homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público, suscripta entre el Estado Empleador y la representación
gremial con fecha 26 de noviembre de 2021, por la cual se acordó, como
cláusula tercera, sustituir la cláusula tercera del Acta Acuerdo de
dicha Comisión Negociadora, que había sido homologada por el
DCTO-2021-415-APN-PTE.
Que habiéndose expedido la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera mediante Acta 172 del 18 de febrero de 2022, por
RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM del 22 de marzo de 2022, la Secretaría de
Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros aprobó
el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de
Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público.
Que el artículo 2° del citado régimen establece que la unidad a cargo
de las acciones de personal de cada jurisdicción u organismo
descentralizado comunicará en un plazo no mayor a VEINTE (20) días
hábiles computados a partir de la entrada en vigencia del régimen, a la
Dirección de Presupuesto y Evaluación de Gastos en Personal de la
Oficina Nacional de Presupuesto del Ministerio de Economía, la
información de la totalidad del personal que se encuentre en
condiciones de ascender de nivel escalafonario, indicando cantidad de
cargos por nivel.
Que el artículo 4° del referido régimen dispone que “El titular de la
jurisdicción u organismo descentralizado dispondrá el inicio del
proceso a Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de
Nivel, designará a los miembros integrantes del Comité de Valoración,
designará al Secretario Técnico Administrativo del Comité y aprobará el
cronograma del proceso, en el mismo acto administrativo”.
Que por su parte el artículo 5° del mismo régimen establece que el
Comité de Valoración se integrará con UN (1) miembro en representación
del máximo responsable de la Unidad a cargo de las acciones de personal
de la Jurisdicción Ministerial o Entidad Descentralizada donde se
dispuso el inicio del proceso a Valoración por Evaluación y Merito para
la Promoción del Nivel; UN (1) miembro en representación de la
Secretaría de Gestión y Empleo Público dependiente de la Jefatura de
Gabinete de Ministros; y UN (1) miembro en representación del titular
de la Jurisdicción Ministerial o Entidad Descentralizada; y que cada
representante contará con un alterno que podrá intervenir
indistintamente.
Que mediante NO-2022-37657527-APN-GRHYL#IAF se ha dado cumplimiento a
la comunicación prevista en el artículo 2° del Régimen de Valoración
por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del
Sistema Nacional de Empleo Público.
Que se encuentran incorporadas al expediente las
NO-2022-58979012-APN-DGYDCP#JGM y NO-2022-72756720-APN-GRHYL#IAF,
mediante las cuales se han propuesto las designaciones de los miembros
del Comité de Valoración para que intervengan en el Proceso de
Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el
personal del Sistema Nacional de Empleo Público, en representación de
la Secretaría de Gestión y Empleo Público y de este INSTITUTO,
respectivamente, y cuyos currículum también se encuentran incorporados
al expediente.
Que la Subgerencia de Recursos Humanos elaboró una propuesta para la
implementación del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para
la promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo
Público con su correspondiente cronograma, la que se encuentra
vinculada al expediente, como IF-2022-78963921-APN-GRHYL#IAF.
Que, en consecuencia, corresponde disponer el inicio del Proceso de
Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el
personal del Sistema Nacional de Empleo Público del INSTITUTO, designar
a los miembros integrantes del Comité de Valoración y a la Secretaria
Técnica Administrativa, con sus correspondientes alternos, y aprobar el
cronograma del proceso.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le compete, emitiendo el dictamen correspondiente.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas al
Directorio por el artículo 7° - inciso f) de la Ley 22.919.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por iniciado el Proceso de Valoración por Evaluación
y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del Sistema
Nacional de Empleo Público de la planta permanente del INSTITUTO DE
AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, desde la
firma del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase a los miembros integrantes del Comité de
Valoración y a la Secretaria Técnica Administrativa, con sus
correspondientes alternos, consignados en el
IF-2022-78963761-APN-GRHYL#IAF.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el cronograma del Proceso de Valoración por
Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del
Sistema Nacional de Empleo Público, detallado en el
IF-2022-78963588-APN-GRHYL#IAF.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Jorge Roberto Gonzalez - Alejandro Gabriel Amoros - Carlos Fernando
Caneva - Cesar Justo Blasco - Mabel Martin - Santiago Esteban - Agustín
Colombo Sierra
e. 16/08/2022 N° 62542/22 v. 16/08/2022
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 128/2023
del Instituto de Ayuda financiera para Pago de Retiros y Pensiones
Militares B.O. 16/6/2023 se modifica a los representantes de la
Secretaría de
Gestión y Empleo Público en el Comité de Valoración aprobado por la
presente Resolución, por los consignados
en el ANEXO I - IF-2023-46082576-APN-GRHYL#IAF, de acuerdo con la
NO-2023-38682326-APN-DGYDCP#JGM.)