MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1419/2022
RESOL-2022-1419-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2022-76787009- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO
DE CULTURA DE LA NACIÓN Y LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº
CONVE-2022-75301991-APN-MC de fecha 21 de julio de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, compete al MINISTERIO DE
CULTURA, entre otras acciones, las de “Dirigir políticas de
conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la
Nación (…) Promover políticas de integración e intercambio cultural
entre las jurisdicciones del país (…) mediante la formulación y
celebración de convenios nacionales (…) Intervenir en el ámbito de su
competencia en la promoción, organización y participación de
exposiciones, ferias, concursos, producciones audiovisuales,
espectáculos y muestras donde se difundan producciones nacionales e
internacionales, con criterio federal y en coordinación con los
organismos competentes (…) Producir y promover contenidos relacionados
con las culturas en todas sus formas, procurando llegar a público de
todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de
diversidad social, de género, religiosos y étnicos” y “Ejecutar
políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad
cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la
identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular
garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción
cultural”.
Que a su vez, entre los objetivos asignados a la SECRETARÍA DE
PATRIMONIO CULTURAL de la citada Cartera, por el Decreto Nº 50/19 y sus
modificatorios, se encuentran los de “Fomentar la divulgación del
Patrimonio Cultural de la Nación y su acceso a través de la
multiplicidad de vías existentes” y “Proponer y gestionar estrategias
para la investigación del Patrimonio Cultural de la Nación y coordinar
su instrumentación, contribuyendo a la promoción de la cultura y la
formación ciudadana”.
Que, en tal aspecto, el 21 de julio de 2022 el MINISTERIO DE CULTURA y
la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, organismo descentralizado
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE, celebraron el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN Nº
CONVE-2022-75301991-APN-MC, en virtud del cual ambas partes acordaron
llevar a cabo actividades de colaboración, cooperación, complementación
e intercambio, que abarcarán preferentemente estudios, proyectos de
investigación y tareas de asistencia en temas de interés común.
Que en línea con tales objetivos, se estima adecuado instituir UN (1)
Programa de Residencias Artísticas en Parques Nacionales, el cual
tendrá por objetivo la promoción de experiencias interdisciplinarias
entre artistas y profesionales de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, así como también la difusión de los reservorios naturales
que conforman dichos ámbitos.
Que el referido Programa funcionará como una plataforma de producción e
investigación artística, actuando como nexo entre las diferentes
prácticas artísticas y la naturaleza de nuestro país, en sus áreas
protegidas.
Que este modo de residencia fomentará la creación de nuevos proyectos
artísticos vinculados a la experiencia en el territorio y en un
ambiente de intercambio entre pares, actores culturales, educadores,
divulgadores y profesionales de la conservación del medio ambiente.
Que mediante el PROGRAMA DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN PARQUES
NACIONALES se otorgarán DOCE (12) becas a los/las/les participantes
seleccionados/as/es, que consisten en su traslado sin cargo desde los
lugares de residencia hasta los Parques Nacionales EL PALMAR, Provincia
de ENTRE RÍOS y LOS ALERCES, Provincia del CHUBUT y el alojamiento sin
cargo, con pensión completa durante toda la estancia, así como los
traslados complementarios necesarios para la realización de las
actividades que conforman el proyecto.
Que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, mediante Nota Nº
NO-2022-81143694-APN-DPE#APNAC, ha prestado conformidad a las Bases y
Condiciones para el PROGRAMA DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS EN PARQUES
NACIONALES que se propone.
Que, entonces, resulta procedente aprobar el citado Programa y las bases y condiciones aplicables a él.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y por el artículo
1, inciso g) del Decreto Nº 101/85.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la realización del PROGRAMA DE RESIDENCIAS
ARTÍSTICAS EN PARQUES NACIONALES, de conformidad con las Bases y
Condiciones que como ANEXO I (IF-2022-77234590-APN-DNGP#MC) forman
parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN PATRIMONIAL, dependiente
de la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, será la autoridad de
aplicación e interpretación de las bases y condiciones aprobadas en el
Artículo 1º y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter
operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su
implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes
dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/08/2022 N° 66764/22 v. 26/08/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)