MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
Resolución 11/2022
RESOL-2022-11-APN-SDT#MDTYH
Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2022
VISTO el Expediente EX-2022-51191467-APN-DGDYD#MDTYH, la Resolución Nº
44 del 18 de febrero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y
HÁBITAT, las Resoluciones Nros 2 del 8 de marzo de 2021 y 6 del 27 de
mayo del 2022 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO
DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 44/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y
HÁBITAT se creó el “Programa de Planificación y Ordenamiento
Territorial” y dispuso que sería implementado a través de esta
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL.
Que por Resolución Nº 2/21 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL
del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, se desarrollaron
los componentes del programa.
Que en el marco de las competencias que en materia de suelo
-planificación y uso del territorio- poseen los gobiernos sub
nacionales, resulta indispensable asistir y apoyar técnicamente a las
provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios en
la gestión del suelo público y promover la conformación y gestión
estratégica de bancos de tierra y su instrumentación.
Que, teniendo en cuenta la necesidad de promover la implementación de
políticas urbanas, instrumentos de gestión de suelo y planificación
territorial eficaces mediante el reconocimiento y la difusión de
experiencias municipales y provinciales, el Programa de Planificación y
Ordenamiento Territorial cuenta con el Concurso de “Experiencias
Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de
Suelo para la Reconstrucción Argentina”.
Que, tal como lo establece el artículo 5° de la Resolución N° 44/21 del
MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, el referido Concurso
tiene como objeto relevar y sistematizar experiencias aplicadas de
políticas urbanas, instrumentos de gestión de suelo y planificación
territorial eficaces, así como reconocer y difundir las experiencias
municipales y provinciales que sean seleccionadas, promoviendo su
aplicación en las demás provincias y municipios.
Que el artículo 6° de la Resolución N° 2/21 de la SECRETARÍA DE
DESARROLLO TERRITORIAL determina que el concurso de “Experiencias
Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de
Suelo para la Reconstrucción Argentina” consistirá en la selección de
experiencias conforme lo determine el reglamento del concurso.
Que, asimismo, el artículo 8° de la Resolución mencionada en el
considerando anterior, determina de manera enunciativa, que el
reglamento del concurso deberá establecer, las bases y condiciones que
lo regirán, los criterios para la selección de las propuestas
presentadas, los premios a otorgar, los integrantes del jurado del
concurso, así como cualquier otro aspecto del concurso que requiera ser
reglamentado.
Que, por el artículo 1 de la Resolución N° 6/22 de la SECRETARÍA DE
DESARROLLO TERRITORIAL, se aprobó el Reglamento del “Segundo Concurso
de Experiencias Innovadoras de Planificación, Desarrollo Territorial y
Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina”, en el marco del
Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial; que como Anexo
(IF-2022-51268993-APN-SDT#MDTYH), forma parte de la mentada norma.
Que, el Anexo mencionado ut supra, prevé el “Cronograma del Concurso”
donde se disponen los plazos y fechas límite para las diferentes
instancias a desarrollarse.
Que, considerando las particularidades operativas y especificidades de
cada una de las Experiencias y Propuestas propias de los gobiernos
subnacionales, provinciales y locales del país, resulta necesario y
conveniente modificar el punto 12 del Reglamento del Segundo Concurso
de “Experiencias y Propuestas Innovadoras de Planificación, Desarrollo
Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina”, a
fin de disponer una adecuación de las fechas límite para la
presentación de las propuestas.
Que, asimismo deviene necesario efectuar las respectivas postulaciones
al concurso mediante el sistema de Trámites a Distancia (TAD) a cuyo
efecto se ha habilitado dicha plataforma.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
en el artículo 7 de la Resolución N° 44/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO
TERRITORIAL Y HÁBITAT.
Por ello,
EL SECRETARIO DE DESARROLLO TERRITORIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el punto 12 del Reglamento del Segundo
Concurso de “Experiencias y Propuestas Innovadoras de Planificación,
Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción
Argentina” que fuera aprobado mediante Resolución Nº 6 del 27 de mayo
del 2022 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE
DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, el que quedará redactado de la
siguiente manera:
12 .Cronograma del Concurso
El cronograma del Concurso es el siguiente:
ARTÍCULO 2°.- Aclárese que a los fines de completar el formulario de
inscripción a través del link que se prevé en el punto 2 del Reglamento
del Segundo Concurso de “Experiencias y Propuestas Innovadoras de
Planificación, Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la
Reconstrucción Argentina” se utilizará la plataforma TRAMITE A
DISTANCIA - TAD.”
ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución comenzará a regir desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Luciano Scatolini
e. 29/08/2022 N° 67393/22 v. 29/08/2022