PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
Disposición 1218/2022
DISFC-2022-1218-APN-PNA#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2022
Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la
Navegación mediante EX-2021-07451134-APN-DPSN#PNA, lo opinado por la
Dirección de Planeamiento, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza 01/16 (DPSN) del TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE”
titulada “NORMAS DE ESTABILIDAD SIN AVERÍA” implantó en el ámbito
marítimo el CÓDIGO INTERNACIONAL DE ESTABILIDAD SIN AVERÍA (Código IS
2008).
Que desde la entrada en vigor de dicha ordenanza, la Organización
Marítima Internacional adoptó diversas enmiendas al Código IS 2008.
Que entre las modificaciones se destacan las Resoluciones MSC. 413 (97)
y 415 (97), las cuales incorporan nuevos criterios obligatorios para
buques dedicados a operaciones de anclaje, operaciones de izada y
remolcadores con servicio de escolta.
Que el interés en la captura de ciertas especies genera la necesidad de
incorporar la modalidad de pesca con tangones en algunos buques de
pabellón nacional.
Que la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación impulsa el
proyecto de rectificación de la Ordenanza N° 01/16 del TOMO 1 citada ut
supra, la cual resulta necesario actualizar para alinearla con la
normativa internacional.
Que ha intervenido y emitido opinión favorable la Asesoría Técnica Naval.
Que ha tenido la intervención correspondiente la Dirección de Asuntos
Jurídicos y ha emitido dictamen, determinando que no existen óbices
desde el punto de vista estrictamente jurídico para la aprobación de la
presente.
Que la Dirección de Planeamiento no tiene objeciones que formular, toda
vez que el contenido de la publicación propiciada se adecua a los
criterios de coherencia y cohesión requeridos dentro del sistema
reglamentario y el de publicaciones, vigentes en la organización.
Que se cumplen los principios normativos establecidos en la Resolución
Nº 390/2018 (14/05/2018) del Ministerio de Seguridad que aprobó los
“PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE
SIMPLIFICACIÓN aplicables al MINISTERIO DE SEGURIDAD y las Fuerzas
Policiales y de Seguridad Federales”.
Que esta instancia está facultada para dictar el correspondiente acto
administrativo, de acuerdo a los preceptos del Artículo 5º, inciso a),
apartado 2 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval
Argentina”.
Por ello,
EL PREFECTO NACIONAL NAVAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. APRUÉBASE la actualización del contenido de la Ordenanza
N° 01/16 (DPSN) del TOMO 1 “RÉGIMEN TÉCNICO DEL BUQUE” titulada “NORMAS
DE ESTABILIDAD SIN AVERÍA” que, como Anexo
DI-2022-90546811-APN-DPLA#PNA, forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2°. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir
de la publicación del presente acto administrativo en el Boletín
Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 3°. Por la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO, procédase a la
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, la
impresión de UN (1) ejemplar patrón y su actualización en los sitios
oficiales de INTERNET e INTRANET de la Prefectura Naval Argentina.
ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Ruben Farinon - Fernando Gustavo Santucci - Jorge Raúl Bono
El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n.
El/los mismos podrán ser consultado/s en:
https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval
e. 01/09/2022 N° 68614/22 v. 01/09/2022