INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 4350/2022
RESFC-2022-4350-APN-DI#INAES
Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2022
VISTO, el Expediente EX-2022-94680859- -APN-DTYOD#INAES, y
CONSIDERANDO:
Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, organismo
descentralizado de JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, es la autoridad
de aplicación del régimen legal aplicable a mutuales y cooperativas, en
los términos contemplados en las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337,
los Decretos Nros. 420/96, 721/2000 sus modificatorios y
complementarios.
Que a tal fin, tiene como misión principal concurrir a la promoción de
las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional, a cuyo
efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y
favorece su fomento y desarrollo.
Que la provincia de Chubut comenzó con su recorrido cooperativista en
el año 1885 cuando los inmigrantes galeses conformaron la Compañía
Mercantil de Chubut.
Que en el año 1987 se creó la COOPERATIVA DE SERVICIOS DE
TELECOMUNICACIONES DE EL HOYO LIMITADA (COSTELHO), actualmente
denominada COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, TELEFÓNICOS,
TURISMO, VIVIENDA, CONSUMO Y CRÉDITO DE EL HOYO COSTELHO LIMITADA, Mat.
Nº 11125, primera Cooperativa de la localidad de El Hoyo, nacida de la
necesidad de los vecinos y las vecinas de obtener el servicio de
telecomunicaciones en una región en la cual no llegaban las grandes
empresas.
Que en el año 1996 se constituyó la COOPERATIVA AGRÍCOLA DE PARALELO
42° LIMITADA, Mat. Nº 18303, que nuclea a los productores y las
productoras de la zona brindando servicios de plantación y cosecha de
la fruta fina, reconocida a nivel mundial, enriqueciendo el recorrido
de la localidad en el universo asociativo.
Que en El Hoyo ha crecido considerablemente el número de cooperativas
que tienen actividades productivas en diferentes rubros tales como
agropecuario, construcción, cuidados de adultos mayores, producción de
alimentos, producción de cerveza artesanal, comercialización,
transporte y servicios técnicos, impulsando el desarrollo económico de
la región y constituyendo una fuente de trabajo para los ciudadanos y
las ciudadanas.
Que en el año 2020 el municipio firmó un convenio junto a la
CONFEDERACIÓN DE COOPERATIVAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (COOPERAR) para
integrar la RED DE MUNICIPIOS COOPERATIVOS.
Que con el apoyo y promoción de la Municipalidad de El Hoyo, se
realizan capacitaciones, talleres, articulación entre las entidades de
la economía social y actividades comunitarias, dando un valor
primordial a los principios cooperativos.
Que, asimismo, desde el municipio se fomenta la educación y formación
de los y las integrantes de las cooperativas, como también de los
grupos pre-asociativos, con miras a la sustentabilidad de la empresa
social.
Que la localidad fue sede de varios eventos y acontecimientos
importantes para el movimiento cooperativo nacional, tales como el
primer Encuentro Nacional de Jóvenes Cooperativistas (2001) y el
capítulo Patagonia del Congreso Nacional Cooperativo (2004).
Que en el año en curso se realizó la primera EXPO COOP de la Comarca
Andina, evento en el cual se realizaron talleres relacionados al
cooperativismo, exposiciones de referentes nacionales e
internacionales; situación que permitió visibilizar el movimiento de la
economía social y solidaria en la región.
Que en dicha jornada, el INAES acompañó la iniciativa del gobierno
municipal en torno a declarar a la ciudad de El Hoyo “Capital
Provincial del Cooperativismo”, con el objeto de continuar fomentando
los valores y principios cooperativos e impulsar a las entidades
asociativas de la localidad y de la región.
Que en virtud de lo expuesto, se considera oportuno declarar a la
localidad de El Hoyo, provincia de Chubut como Capital Provincial del
Cooperativismo.
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 7 inciso d) de
la Ley N° 19.549, el servicio jurídico permanente ha tomado la
intervención que es materia de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros.
20.321 y 20.337 y los Decretos Nros. 420/1996 y 721/2000, y sus normas
modificatorias y complementarias,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase a la localidad de El Hoyo, departamento de
Cushamen, provincia de Chubut, como Capital Provincial del
Cooperativismo.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese.
Fabian Brown - Zaida Chmaruk - Ariel Guarco - Nahum Mirad - Alejandro Russo - Elbio Nestor Laucirica - Alexandre Roig
e. 22/09/2022 N° 75455/22 v. 22/09/2022