CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Resolución 56/2022
Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2022
VISTO el expediente “S” 56/2022 caratulado “Registro Nacional de
Divisiones Electorales s/distrito MISIONES s/subdivisión y creación de
circuitos (sección electoral 1 -Capital-) Barrio Santa Clara del Paraje
San Isidro (Posadas)”, elevado en virtud de lo previsto por el artículo
40 del Código Electoral Nacional, y
CONSIDERANDO:
1º) Que a fs. 31/vta. el Juzgado Federal con competencia electoral de
Misiones eleva para consideración del Tribunal el anteproyecto de
modificación de circuitos electorales correspondiente al Barrio Santa
Clara del Paraje San Isidro del Municipio de Posadas, a fin de acortar
la distancia entre el domicilio de los electores y sus lugares de
votación (cf. art. 39, inc. 4º, Código Electoral Nacional).
2º) Que a fs. 41/45 obra el informe técnico elaborado por la Unidad de
Geografía Electoral, en el que -sobre la base de la propuesta
confeccionada por la Secretaría Electoral del distrito (cf. 28/30 vta.)
y de acuerdo a lo dispuesto por los criterios N° 3, 4, 6, 9, 10, 12 y
14 del Anexo I, Acordada N° 49/2020 CNE, se prevé la subdivisión del
circuito 7 y la consecuente creación de los circuitos 7A, 7B y 7C,
correspondientes a la sección electoral 1 (Capital).
3º) Que el anteproyecto aludido ha sido confeccionado de conformidad
con los lineamientos técnicos previstos para su análisis en el Sistema
de Información Geográfica (S.I.G.).
Cabe destacar que en las presentes actuaciones obra la información de
los locales de votación y la documentación cartográfica correspondiente.
4º) Que, por otra parte, resulta pertinente señalar que han tomado
conocimiento el Tribunal Electoral Provincial (cf. fs. 38/39), el señor
Presidente de la Cámara de Representantes de la Provincia de Misiones
(cf. fs. 5 y fs. 10), el Intendente municipal (cf. fs. 7, fs. 11, fs.
19 y fs. 24/vta.) y el señor Presidente del Consejo Deliberante de la
Ciudad de Posadas (cf. fs. 6, fs. 9 y fs. 13), así como las
agrupaciones políticas reconocidas en el distrito (cf. fs. 36/37).
5º) Que, finalmente, no puede pasarse por alto que la modificación de
circuitos conlleva numerosas tareas regístrales y de administración
electoral, las que deben realizarse con la suficiente antelación. Por
ello, y sin perjuicio de la prosecución del trámite de las presentes
actuaciones, resulta ineludible disponer que tales tareas se realicen a
partir de la fecha de la comunicación de la presente, ad referendum de
la resolución definitiva sobre la cuestión.
Por todo lo expuesto, la Cámara Nacional Electoral
RESUELVE:
1º) Aprobar el proyecto de subdivisión del circuito 7 y la consecuente
creación de los circuitos 7A, 7B y 7C, correspondientes a la sección
electoral 1 (Capital), cuya representación y delimitación cartográfica
obran como Anexos I y II de la presente.
2º) Hacer saber al Juzgado Federal con competencia electoral de Misiones lo previsto en el considerando 5º de la presente.
3º) Remitir las actuaciones al Ministerio del Interior, a sus efectos.
Regístrese, notifíquese al Juzgado Federal con competencia electoral de
Misiones, tómese nota en el Sistema de Gestión Electoral (SGE),
publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y
comuníquese al Ministerio del Interior.
El señor Vicepresidente del Tribunal, doctor Alberto R. Dalla Via, no
interviene por encontrarse en uso de licencia (cf. art. 109 del
Reglamento para la Justicia Nacional).
Daniel Bejas - Santiago H. Corcuera - Sebastián Schimmel
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/09/2022 N° 75434/22 v. 23/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)