Resolución 1406/2022
RESOL-2022-1406-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2022
VISTO el EX-2022-49750575- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 2/3 del IF-2022-49751024-APN-DGD#MT del expediente
de referencia, obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE CHOFERES
PARTICULARES, por la parte sindical, y la UNION DE PROPIETARIOS DE
AUTOS DE REMISES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el sector empleador,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 709/15, las partes
convienen crear la categoría de “Chofer Especializado” en los términos
y condiciones allí pactados.
Que, de acuerdo a lo manifestado por las partes, el texto de marras ha
sido celebrado en presencia de la FEDERACION ARGENTINA DE
TRANSPORTISTAS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (F.A.Tra.Dis.) y de la
ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS Y AMIGOS DE EDUCACION PARA CAPACIDADES
DISTINTAS (A.T.A.E.Ca.Dis.), en carácter de invitadas.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre
la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE CHOFERES PARTICULARES, por la parte sindical, y la UNION
DE PROPIETARIOS DE AUTOS DE REMISES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por el
sector empleador, obrante en las páginas 2/3 del
IF-2022-49751024-APN-DGD#MT del EX-2022-49750575-APN-DGD#MT, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
instrumento homologado por el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo N° 709/15.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5º
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/09/2022 N° 65086/22 v. 23/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)