Resolución Sintetizada 469/2022
Resolución RESOL-2022-469-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1791
Expediente EX-2021-58903413-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 22 de SEPTIEMBRE de 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud Ampliación del Sistema de Transporte
Existente presentada por la la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA
NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y la solicitud de otorgamiento del
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra
consistente en la construcción y montaje de los electroductos CS
2x1x132Kv (ternas Nº 115/116) en reemplazo de cable OF que vincula la
Subestación (SE) Melo (C115) y la SE Colegiales (C116) con la SE Puerto
Nuevo.
2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 de la presente
resolución, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por el plazo de
CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos
en un diario de amplia difusión del lugar donde se construirá la obra
proyectada o donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de
DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde la última
publicación efectuada, para que quién considere que la solicitud en
cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas
recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por
escrito ante el ENRE.
3.- Establecer que, en caso de que exista la presentación de
oposiciones fundadas comunes a otros usuarios, se convocará a una
Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestar
las mismas y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que en caso de no haber presentación fundada alguna, al
vencimiento de los plazos señalados en el artículo 2 de esta
resolución, este Ente Nacional procederá a dictar un acto
administrativo a fin de otorgar el Certificado de Conveniencia y
Necesidad Pública para la obra detallada en el artículo 1 de la
presente resolución.
5.- Hacer saber a EDENOR S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión
Ambiental (SGA) - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº
555 de fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias-, deberá
incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de
finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y
ajustar el Programa de Monitoreo a fin de asegurar la realización de
mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar
el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución Ex SE Nº 77
de fecha 12 de marzo de 1998.
6.- Hacer saber que las instalaciones referidas en el artículo 1 del
presente acto deberán cumplir con las siguientes resoluciones: a)
Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones
Transformadoras); b) Resolución ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de
2011 (Señalización de instalaciones eléctricas); c) Resolución ENRE Nº
129 de fecha 11 de febrero de 2009 (Líneas Subterráneas); d) Resolución
ENRE Nº 401 de fecha 23 de noviembre de 2011 (Guía Para Trabajos de
Tendidos Eléctricos Subterráneos en proximidad con Cañerías Conductoras
de Gas) y; e) Resolución ENRE Nº 190 de fecha 25 de julio de 2012
(Trabajos en la vía Pública).
7.- Notifíquese a EDENOR S.A. y CAMMESA.
8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado:
Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello-.
Paula Victoria Sanchez Gomez, Asistente, Secretaría del Directorio.
e. 26/09/2022 N° 76658/22 v. 26/09/2022