Resolución Sintetizada 470/2022
Resolución RESOL-2022-470-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1791
Expediente EX-2020-05100987-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 22 de SEPTIEMBRE de 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública solicitado por la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO
SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.) a requerimiento de la EMPRESA
DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE MENDOZA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEMSA),
para la realización de la obra consistente en la adecuación del campo
de 132 kV Villanueva en la Estación Transformadora (ET) Cruz de Piedra,
reemplazando seccionadores de barra, seccionadores de línea y
transformadores de intensidad.
2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a
través de la publicación de un AVISO en los portales de Internet del
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) por el lapso de CINCO (5) días hábiles administrativos y por
DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en
donde se construirán las obras proyectadas o en donde puedan afectar
eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles
administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada
para que, quien considere que la solicitud en cuestión pudiera
afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus
intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el
ENRE.
3.- Disponer que en caso de registrarse oposición que sea común a
varios usuarios, y se encuentre fundamentada en los términos
anteriormente señalados, se convocará a una Audiencia Pública para
recibir las mismas y permitir al solicitante brindar respuesta y
exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, en caso contrario, operado el vencimiento del plazo
fijado en el artículo 2 de esta resolución sin que se verifique la
presentación de oposición alguna, este Ente Nacional procederá a dictar
un acto administrativo con el objeto de otorgar el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública referido en el artículo 1.
5.- El solicitante deberá cumplir con todas las observaciones y
requerimientos técnicos efectuados por DISTROCUYO S.A. y CAMMESA en sus
respectivos informes técnicos, a efectos de garantizar el
funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
6.- Hacer saber a DISTROCUYO S.A. que deberá incorporar en el primer
informe de avance que presente luego de finalizadas las obras, la
auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de
monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los CEM que
permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la
Resolución SE Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998 en el perímetro de la
ET Cruz de Piedra.
7.- Hacer saber que las instalaciones involucradas en la presente
solicitud deberán cumplir con la normativa vigente, a saber: Resolución
ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de
instalaciones eléctricas) y Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo
de 2013 (Estaciones Transformadoras).
8.- Notifíquese a EDEMSA, a DISTROCUYO S.A., a CAMMESA y al ENTE
PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO (EPRE) de la Provincia de MENDOZA.
9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado:
Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.-
Andrea Laura Erdini, Secretaria Privada, Secretaría del Directorio.
e. 26/09/2022 N° 76599/22 v. 26/09/2022