Resolución Sintetizada 477/2022
Resolución RESOL-2022-477-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1791
Expediente EX-2018-26430573-APN-SD#ENRE,
Buenos Aires, 22 de SEPTIEMBRE de 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) efectuada por la EMPRESA
DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.)
para la obra de ampliación consistente en la construcción y montaje de
la nueva Subestación (SE) Nº 355 Martínez, de 132/13,2 kV y 2x80 MVA de
potencia de transformación, a emplazarse en el partido de San Isidro,
Provincia de BUENOS AIRES y su vinculación a los actuales electroductos
de 132 kV Nº 633 y Nº 664 que vinculan las Subestaciones (SSEE) Edison
y Talar, ambas de EDENOR S.A., mediante un esquema de doble derivación,
con DOS (2) secciones de 13,2 kV con acoplamiento longitudinal por cada
transformador, totalizando CUATRO (4) secciones y TREINTA Y DOS (32)
salidas de 13,2 kV.
2.- Publicar la solicitud mediante un aviso en la página web del ENTE
NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles
administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia
difusión del lugar donde la obra se va a realizar o pueda afectar
eléctricamente, en el que deberá consignarse que se otorgan DIEZ (10)
días hábiles administrativos contados desde la última publicación
efectuada para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en
cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses
económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Disponer que, en caso de registrarse oposición fundada que sea
común a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para
recibir las mismas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus
argumentos.
4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación
fundada vencido el plazo señalado en el artículo 2, este Ente Nacional
procederá a dictar un acto administrativo con el objeto de otorgar el
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para para la obra de
ampliación referida en el artículo 1.
5.- Hacer saber a EDENOR S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión
Ambiental implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº 555 de
fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias, deberá incorporar en el
primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras
involucradas en esta solicitud, la auditoría ambiental de cierre de las
mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la
realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que
permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la
Resolución SE Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998.
6.- Hacer saber que las obras involucradas en el artículo 1 deberán
cumplir con las Resoluciones ENRE Nº 37 de fecha 10 de febrero de 2010,
Nº 129 de fecha 11 de febrero de 2009, Nº 400 de fecha 29 de mayo de
2011, Nº 401 de fecha 23 de noviembre de 2011, Nº 190 de fecha 25 de
julio de 2012 y Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013.
7.- Notifíquese a EDENOR S.A., al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la Provincia de BUENOS AIRES, al
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES (OCEBA) y a CAMMESA.
8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado:
Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello-.
Paula Victoria Sanchez Gomez, Asistente, Secretaría del Directorio.
e. 26/09/2022 N° 76689/22 v. 26/09/2022