Resolución 1441/2022
RESOL-2022-1441-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2022
VISTO el EX-2022-58232413- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2022-58231713-APN-DGD#MT del EX-2022-58232413-
-APN-DGD#MT, obra el acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA
METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA – SECCIONAL VILLA MERCEDES, por
la parte sindical y la empresa METALMECANICA SOCIEDAD ANONIMA, por la
parte empleadora, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el acuerdo de marras, las partes convienen el pago de una
gratificación extraordinaria, en los términos y condiciones allí
pactadas, para el personal que presta servicios en el establecimiento
de la empresa sito en la Provincia de San Luis.
Que la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha ratificado
el acuerdo traído a estudio mediante el RE-2022-71911783-APN-DGD#MT del
EX-2022-58232413- -APN-DGD#MT.
Que al respecto del carácter asignado a la suma pactada, corresponde
hacer saber a las mismas lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley de
Contrato de Trabajo N° 20.744.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre
la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION
OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA – SECCIONAL VILLA
MERCEDES, por la parte sindical y la empresa METALMECANICA SOCIEDAD
ANONIMA por la parte empleadora, que luce en el
RE-2022-58231713-APN-DGD#MT del EX-2022-58232413- -APN-DGD#MT
conjuntamente con la ratificación por la UNION OBRERA METALURGICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA – entidad central mediante el
RE-2022-71911783-APN-DGD#MT del EX-2022-58232413- -APN-DGD#MT, conforme
a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
instrumento identificado en el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo y de esta Resolución, resultará aplicable
lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250
(t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/09/2022 N° 65828/22 v. 27/09/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)