ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 474/2022
Resolución RESOL-2022-474-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1791
Expediente EX-2018-55321596-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 22 de SEPTIEMBRE de 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública solicitado por la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA
PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) para la realización de la
obra que consiste en la provisión, instalación y puesta en servicio de
UN (1) Transformador Trifásico de 330/132/33 kV de 120/120/40 MVA; la
conexión del nuevo transformador a barras principales (I y II) de 330
kV, completando el Campo Nº 10 con los respectivos seccionadores de
barra, interruptor de potencia, transformadores de intensidad,
transformadores de tensión y descargadores; y la conexión del nuevo
transformador a la barra de transferencia de 330 kV (barra III)
mediante seccionador en la Estación Transformadora (ET) Puerto Madryn.
2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a
través de un AVISO en los portales de Internet del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) por el lapso de
CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos
en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las
obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente. Asimismo,
se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser
computados desde la última publicación efectuada, para que quien
considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a
las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos,
plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.-. Disponer que en caso de registrarse oposición que sea común a
varios usuarios, y se encuentre fundamentada en los términos
anteriormente señalados, se convocará a una Audiencia Pública para
recibir las mismas y permitir al solicitante brindar respuesta y
exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, en caso contrario, operado el vencimiento del plazo
fijado en el artículo 2 de esta resolución sin que se verifique la
presentación de oposición alguna, este Ente Nacional procederá a dictar
un acto administrativo con el objeto de otorgar el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública referido en el artículo 1.
5.- El solicitante deberá cumplir con todas las observaciones y
requerimientos técnicos efectuados tanto por TRANSPA S.A. y CAMMESA, en
sus respectivos informes técnicos, a efectos de garantizar el
funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
6.- Hacer saber a TRANSPA S.A. que deberá incorporar en el primer
informe de avance que presente luego de finalizadas las obras, la
Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el programa de
monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos
Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex
SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998 en el perímetro de la ET Puerto
Madryn.
7.- Hacer saber que las instalaciones involucradas en la presente
solicitud deberán cumplir con la normativa vigente, a saber: Resolución
ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de
instalaciones eléctricas), Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo
de 2013 (Estaciones Transformadoras), Resolución ENRE Nº 620 de fecha
15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de
Seguridad Pública de las Empresas Transportistas).
8.- Notifíquese a TRANSPA S.A., a CAMMESA y al ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS de la Provincia de CHUBUT.
9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.-.
Andrea Laura Erdini, Secretaria Privada, Secretaría del Directorio.
e. 27/09/2022 N° 77042/22 v. 27/09/2022