ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 475/2022
Resolución RESOL-2022-475-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1791
Expediente EX-2018-46433561-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 22 de SEPTIEMBRE de 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la obra de Ampliación del Sistema
de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE
ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA
(DISTROCUYO S.A.) a requerimiento de YPF SOCIEDAD ANÓNIMA (YPF S.A.),
consistente en la construcción e instalación de UN (1) nuevo punto de
conexión en 13,2 kV y obras asociadas en la Estación Transformadora
(ET) Anchoris.
2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO
en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo
de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días
consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se
construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente,
otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la
última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud
en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas
recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por
escrito ante el ENRE o, en el caso del Acceso, presente un proyecto
alternativo al del solicitante que produzca una optimización del
funcionamiento técnico-económico del SADI, o plantee observaciones u
oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo.
3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas
comunes a varios usuarios, se convocará a Audiencia Pública para
recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestarlas y
exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada
al vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a
dictar un acto administrativo a fin de otorgar el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública para la obra detallada en el artículo
1.
5.- YPF S.A. deberá incorporar en su proyecto todas las observaciones y
requerimientos técnicos presentados por DISTROCUYO S.A. y de CAMMESA a
efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino
de Interconexión (SADI).
6.- Hacer saber a DISTROCUYO S.A. que, en el marco de su Sistema de
Gestión Ambiental (SGA) - implementado en cumplimiento de la Resolución
ENRE Nº 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias-, deberá
incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de
finalizadas las obras involucradas en esta solicitud, la Auditoría
Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a
fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos
Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex
SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998.
7.- Hacer saber que las instalaciones involucradas en las obras de
construcción de la ET Anchoris, deberán cumplir con las Resoluciones
ENRE Nº 37 de fecha 10 de febrero de 2010, Nº 33 de fecha 21 de enero
de 2004, Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 y Nº 382 de fecha 2 de
octubre de 2015.
8.- Notifíquese a DISTROCUYO S.A., al ENTE PROVINCIAL REGULADOR
ELÉCTRICO (EPRE) de la Provincia de MENDOZA y a CAMMESA. 9.-
Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del
ENRE, Sr. Walter Domingo Martello.-.
Andrea Laura Erdini, Secretaria Privada, Secretaría del Directorio.
e. 27/09/2022 N° 77173/22 v. 27/09/2022