Resolución Sintetizada 525/2022
Resolución ENRE N° 525/2022
ACTA N° 1793
Expediente ENRE N° EX-2020-77049308-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 17 DE OCTUBRE DE 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte
presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL COMAHUE TRANSCOMAHUE SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSCO
S.A.) a requerimiento de la Unión Transitoria de Empresas (UTE)
denominada PAMPETROL SAPEM - PCR S.A. - UNIÓN TRANSITORIA - 25 DE MAYO
- MEDANITO S.E., para su Central Térmica Autogenerador El Medanito SE
con una potencia de CUATRO COMA CUATRO MEGAVATIOS (4,4 MW), ubicada en
el Departamento de Puelén, Provincia de LA PAMPA, conectándose al
Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TREINTA Y TRES
KILOVOLTIOS (33 kV) a instalaciones de la empresa VISTA OIL & GAS
ARGENTINA S.A.U., vinculada a la Estación Transformadora Medanito,
jurisdicción de la empresa TRANSCOMAHUE S.A.
2.- Publicar la solicitud mencionada en el artículo 1 de la presente
resolución, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), y solicitar a la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por el plazo de
CINCO (5) días hábiles administrativos. Por otra parte, corresponde
otorgar un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, desde la
última publicación efectuada, a fin de que quien lo considere
procedente presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una
optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino
de Distribución (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la
base de la existencia de perjuicios para el mismo.
3.- Establecer que, en caso de que registrarse la presentación de
proyectos alternativos u observaciones al mismo, se convocará a
Audiencia Pública para permitir a las partes contestar las mismas y
exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el
artículo 2 sin que se registre la presentación de oposiciones fundadas
en los términos allí establecidos o de proyectos alternativos al
analizado, se otorgará el Acceso a la Capacidad de Transporte Existente
solicitado.
5.- La UTE deberá satisfacer los requerimientos técnicos de CAMMESA y la transportista para el acceso solicitado.
6.- La UTE y VISTA OIL & GAS ARGENTINA S.A.U deberán establecer las
condiciones en que se realizará la prestación técnica de transporte.
ARTÍCULO 7.- Notifíquese a la UTE PAMPETROL SAPEM - PCR S.A. - UNIÓN
TRANSITORIA - 25 DE MAYO - MEDANITO S.E., VISTA OIL & GAS ARGENTINA
S.A.U, TRANSCO S.A. y a CAMMESA.
8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado:
Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 18/10/2022 N° 83610/22 v. 18/10/2022