Resolución 1637/2022
RESOL-2022-1637-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2022
VISTO el EX-2022-54959409- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.
2004), y
CONSIDERANDO:
Que en el RE-2022-54958869-APN-DGD#MT del EX-2022-54959409- -APN-DGD#MT
luce el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS
Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE
LA REPUBLICA ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.), por la parte sindical, y
TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y TELEFONICA MOVILES DE
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que, a través del presente, las partes convienen condiciones laborales
concernientes al Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo previsto en
la Ley Nº 27.550 y su Decreto Reglamentario Nº 27/21, conforme pautas y
condiciones allí descriptas.
Que el presente acuerdo se celebra en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 201/92 y N° 712/15.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente por ante esta Cartera de Estado.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo se circunscribe a la estricta
correspondencia entre el alcance de representación del sector
empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad
sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que en atención a lo dicho, corresponde aclarar que el ámbito de
aplicación del presente, queda circunscripto al personal de la empresa
TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y TELEFONICA DE ARGENTINA
SOCIEDAD ANÓNIMA, comprendido en los Convenios Colectivos de Trabajo N°
201/92 y N° 712/15.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en el
RE-2022-54958869-APN-DGD#MT del EX-2022-54959409- -APN-DGD#MT celebrado
entre FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS
E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(F.O.E.E.S.I.T.R.A.), por la parte sindical, y TELEFONICA DE ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA y TELEFONICA MOVILES DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA,
por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTÍCULO 2°. Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de
la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión
Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del instrumento
identificados en el Artículo 1° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Nº 201/92 y N° 712/15.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito de los instrumentos homologados y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5
de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/10/2022 N° 75465/22 v. 24/10/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)