MINISTERIO DE ECONOMÍA

Decisión Administrativa 1090/2022

DECAD-2022-1090-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Refinación y Comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-100475170-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del 10 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 732 del 4 de septiembre de 2020, 882 del 23 de diciembre de 2021 y la Decisión Administrativa N° 1080 del 19 de junio de 2020 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario o Subsecretaria, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se crearon, entre otros el MINISTERIO DE ECONOMÍA y el ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al citado Ministerio.

Que por el Decreto N° 732/20 se transfirió la SECRETARÍA DE ENERGÍA, entonces dependiente del ex-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, al MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que por la Decisión Administrativa N° 1080/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director o Directora Nacional de Refinación y Comercialización de la SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 13 de septiembre de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al ingeniero Aníbal Rodolfo MELLANO (D.N.I. N° 13.531.667) en el cargo de Director Nacional de Refinación y Comercialización de la SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa

e. 02/11/2022 N° 88948/22 v. 02/11/2022