MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1858/2022
RESOL-2022-1858-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-105330226- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley
de Ministerios N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificatorias se encuentran los de “(...) dirigir políticas de
conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la
Nación.(...)”, “(...) ejecutar políticas públicas tendientes a
reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes
expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la
participación y organización popular garantizando el acceso igualitario
a bienes y medios de producción cultural (...)”.
Que de conformidad con las disposiciones del Decreto N° 50/19 y sus
modificatorios, la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL tiene como
objetivos, entre otros, diseñar y gestionar políticas y acciones para
la conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de
la Nación; fomentar la divulgación del Patrimonio Cultural de la Nación
y su acceso a través de la multiplicidad de vías existentes; proponer y
gestionar estrategias para la investigación del Patrimonio Cultural de
la Nación y coordinar su instrumentación, contribuyendo a la promoción
de la cultura y la formación ciudadana, y diseñar y proponer políticas
públicas que propicien nuevos criterios museológicos a partir de la
implementación de estrategias innovadoras y la gestión eficiente de los
bienes y sitios culturales.
Que el 8 de marzo de cada año se celebra el “Día Internacional de la Mujer”.
Que, así, se estima oportuno promover, en coincidencia con tal
conmemoración, la realización de un concurso que tenga como objeto
exhibir y premiar obras realizadas por artistas mujeres, lesbianas,
travestis, trans y no binarias.
Que, tal iniciativa apunta a consolidar una política de adquisición de
obras de arte que visualice como criterio fundamental la necesidad de
revertir la conformación patriarcal del patrimonio cultural nacional y
la situación crítica de paridad de género en la conformación de las
colecciones públicas.
Que, por esta razón, procede aprobar el Concurso “Premio Adquisición
8M” Edición 2023, conforme a las Bases y Condiciones que como ANEXO I
(IF-2022-112150401-APN-SPC#MC) forma parte integrante de la presente
medida.
Que, a los efectos de facilitar la implementación del concurso, la
SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de aplicación e
interpretación de sus bases y condiciones, encontrándose facultada para
dictar las normas de carácter operativo o interpretativo que resulten
necesarias.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE CULTURA.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto
ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y por el artículo
1°, inciso h) del Decreto N° 392/86 y Decreto N° 1344/07 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Concurso “Premio Adquisición 8M” Edición 2023,
conforme a las Bases y Condiciones que como ANEXO I
(IF-2022-112150401-APN-SPC#MC) forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS DIECISÉIS MILLONES
($16.000.000.-), a la atención de los premios del concurso aprobado por
el artículo 1°, que será distribuida en DIECISÉIS (16) galardones de
PESOS UN MILLÓN ($1.000.000.-) cada uno.
ARTÍCULO 3°.- Establecer como fecha de apertura del concurso aprobado
por el artículo 1°, el segundo día hábil siguiente a la publicación del
presente acto en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- La SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL será la autoridad de
aplicación e interpretación de las Bases y Condiciones del Concurso
Premio Adquisición 8M Edición 2023, aprobado en el artículo 1°,
encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo o
interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con
intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN
72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/11/2022 N° 88489/22 v. 02/11/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)