MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL

Disposición 13/2022

DI-2022-13-APN-DNE#MI

Ciudad de Buenos Aires, 03/11/2022

VISTO el Expediente Nº EXP-S02:0000860/2019 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR y la Disposición N° 2 de fecha 30 de junio de 2022 de la Dirección Nacional Electoral, y

CONSIDERANDO:

Que por la disposición mencionada en el Visto se notificó el inicio de las actuaciones relacionadas con el anteproyecto de demarcación de circuitos electorales preparado por el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de RÍO NEGRO y remitido por la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en el marco del Expediente “S” 39/2015 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito RÍO NEGRO s/eleva anteproyecto de subdivisión de circuito electoral N° 63 General Roca (sección electoral 12)” y se aprobó el extracto del informe técnico descriptivo el que como Anexo N° DI-2022-39313205-APN-DEYCE#MI, formaba parte integrante de esa medida.

Que la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral ha emitido la Providencia N° PV-2022-86439213-APN-DEYCE#MI, a fin de subsanar los errores materiales involuntarios en el Anexo N° DI-2022-39313205-APN-DEYCE#MI de la Disposición N° 2/22 de la Dirección Nacional Electoral.

Que corresponde rectificar el Anexo arriba mencionado y corregir los errores materiales involuntarios informados por la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral.

Que resulta conveniente notificar nuevamente el extracto del informe técnico de la Dirección de Estadística y Cartografía Electoral que como Anexo N° DI-2022-86440649-APN-DEYCE#MI forma parte integrante de la presente, así como de disponer su publicación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de la facultad conferida por el inciso 2 del artículo 40 del Código Electoral Nacional aprobado por la Ley Nº 19.945 (t.o. por el Decreto Nº 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias, y por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto Nº 1759/72 - T.O. 2017).

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese el Anexo N° DI-2022-39313205-APN-DEYCE#MI de la Disposición N° 2 de fecha 30 de junio de 2022 de la Dirección Nacional Electoral, reemplazándose el mismo por el Anexo N° DI-2022-86440649-APN-DEYCE#MI, que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el extracto del informe técnico descriptivo el que como Anexo N° DI-2022-86440649-APN-DEYCE#MI forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a los Partidos Políticos registrados en el distrito electoral RÍO NEGRO, sobre el contenido del Anexo N° DI-2022-86440649-APN-DEYCE#MI que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 4º.- Requiérase del Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de RÍO NEGRO, se cursen las notificaciones dispuestas en los artículos 1º y 3º de la presente.

ARTÍCULO 5º.- Esta disposición deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA por el plazo de DOS (2) días.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Marcos Schiavi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/11/2022 N° 89628/22 v. 07/11/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)