EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA S.E.
Disposición 93/2022
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2022
VISTO el Decreto N° 260/2020, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287
de fecha 17 de marzo de 2020, el Decreto N° 338/2020, la Decisión
Administrativa N° 409/2020, el Reglamento de Compras y Contrataciones
de EANA S.E., la Contratación Directa por Excepción Nº 76/2021
“Contratación médico laboral pandemia COVID-19” y las Especificaciones
Técnicas, Anexo I de la Orden de Compra N° 239/2021; y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
(OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia.
Que por el Decreto N° 260/20 se facultó a la Autoridad Sanitaria, entre
otras atribuciones, a “Efectuar la adquisición directa de bienes,
servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la
emergencia, en base a evidencia científica y análisis de información
estratégica de salud, sin sujeción al régimen de contrataciones de la
administración nacional. En todos los casos deberá procederse a su
publicación posterior”.
Que, con fecha 17 de marzo de 2020 se dictó el Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 287, por el cual se intensificaron las medidas
implementadas por su similar N° 260/20, atento a la evolución de la
pandemia.
Que, en concreto, por su artículo 3° se incorporó como artículo 15 ter
al Decreto Nº 260/20, el siguiente: “ARTÍCULO 15 TER: Durante el plazo
que dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades
comprendidos en el artículo 8º incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156
estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y
servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción
al régimen de contrataciones de la Administración Pública Nacional o a
sus regímenes de contrataciones específicos. En todos los casos deberá
procederse a su publicación posterior en la página web de la Oficina
Nacional de Contrataciones y en el Boletín Oficial”.
Que por Decisión Administrativa N° 409/2020 el Jefe de Gabinete de
Ministros estableció los principios generales a los que deberá
ajustarse la gestión de los procedimientos de selección bajo el
Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia,
que se lleven a cabo para atender la emergencia en el marco de lo
establecido en el Decreto Nº 260/20, serán los enumerados en el
artículo 3º del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública
Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01.
Que, el artículo 1° Decreto N° 867/2021 EMERGENCIA SANITARIA en su
artículo 1° establece: “Prorrógarse el Decreto N° 260/20, sus
modificaciones y normas complementarias, hasta el 31 de diciembre de
2022, en los términos del presente decreto”.
Que, con fecha 30 de septiembre de 2022, la Gerencia Ejecutiva de
Recursos Humanos realizó el ingreso de la solicitud de prórroga para la
Contratación Directa por Excepción N° 76/2021 del Anexo I de la Orden
de Compra N° 239/2021, que tiene como objeto la “Contratación médico
laboral pandemia COVID-19”.
Que, el Departamento de Formulación y Control Presupuestario ha
verificado la disponibilidad de la partida presupuestaria para afrontar
los gastos que genera la presente prórroga.
Que, con fecha 03 de octubre del corriente año, el proveedor Julio
Andrés Auad brindó conformidad para prorrogar el servicio que presta
actualmente, por el plazo de dos meses y medio.
Que, la Gerenta de Compras intervino emitiendo la recomendación de
aprobación de prórroga a favor del proveedor Julio Andres Auad, CUIT:
20-10129399-9.
Que, en virtud de ello, ha tomado la intervención de su competencia la
Gerencia de Asuntos Legales emitiendo dictamen jurídico, mediante Nota
N° 201/2022, no encontrando reparos de orden jurídico que formular al
procedimiento aplicado a la prórroga solicitada.
Que, el 14 de octubre de 2022, la Gerencia de Compras emitió la
aprobación de prórroga, mediante Nota GC N° 772/2022, por un monto
total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL CIENTO VEINTICINCO CON 75/100
CENTAVOS ($430.125,75).
Que, por lo dispuesto por el Decreto N° 260/2020, el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 287 de fecha 17 de marzo de 2020, la Decisión
Administrativa N° 409/2020 y el Decreto N° 867/2021, se propicia
convalidar la prórroga de la Contratación Directa por Excepción N°
76/2021, que tiene como objeto la “Contratación médico laboral pandemia
COVID-19”, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA MIL CIENTO
VEINTICINCO CON 75/100 CENTAVOS ($430.125,75) a favor de Julio Andrés
Auad.
Que, conforme el Acta de Asamblea Ordinaria N° 06 y el Acta de
Directorio N° 24, la Gerenta General de la EMPRESA ARGENTINA DE
NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO – EANA S.E.- tiene facultades
suficientes para dictar la presente disposición.
Por ello,
La GERENTA GENERAL DE EANA S.E.
DISPONE:
ARTÍCULO 1º. – Convalidar la Prórroga de la Contratación Directa por
Excepción N° 76/2021, que tiene como objeto la “Contratación médico
laboral pandemia COVID-19” por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS
TREINTA MIL CIENTO VEINTICINCO CON 75/100 CENTAVOS ($ 430.125,75) a
favor de Julio Andrés Auad, CUIL 20-10129399-9.
ARTÍCULO 2°. - Establecer que el gasto que demande la presente
contratación será imputado a la partida presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 3°. – Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriela Logatto
e. 04/11/2022 N° 89751/22 v. 04/11/2022