JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA
Disposición 31/2022
DI-2022-31-APN-SSIA#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2022
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-64433336- -APN-DNFDEIT#JGM
del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, la
Ley N° 25.506 de Firma Digital y su modificatoria, los Decretos Nros.
892 del 1° de noviembre de 2017, 182 del 11 de marzo de 2019 y su
modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la
Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre del 2020 y sus
modificatorias, la Resolución del ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 121
del 22 de febrero de 2018, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA N° 87 del 30 de agosto de 2018 y la
Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN N° 946 del 22 de septiembre de 2021,
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital,
estableciendo las características de la Infraestructura de Firma
Digital.
Que el Decreto Nº 892/2017 creó la Plataforma de Firma Digital Remota
en la ex-SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA (actual
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA), en la que se centralizará
el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente sobre
Infraestructura de Firma Digital.
Que la Resolución del ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 121/2018 otorgó
la Licencia para operar como Certificador Licenciado al ex MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo
que utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC
MODERNIZACIÓN-PFDR), en el marco de la Infraestructura de Firma Digital
establecida en la Ley N° 25.506.
Que la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN
ADMINISTRATIVA N° 87 del 30 de agosto de 2018 aprobó la “Política Única
de Certificación v2.0”; el “Manual de Procedimientos v2.0”; el “Acuerdo
con Suscriptores v2.0”; el “Acuerdo Utilización de la Plataforma de
Firma Digital Remota v2.0”; la “Política de Privacidad v2.0”; y los
“Términos y Condiciones con Terceros Usuarios v2.0”, del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN para la Autoridad Certificante del citado organismo que
utiliza la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).
Que el Decreto N° 182 del 11 de marzo de 2019 aprobó la reglamentación
de la Ley N° 25.506 de Firma Digital regulando el empleo del documento
electrónico, de la firma electrónica y de la firma digital y su
eficacia jurídica en el marco de la Infraestructura de Firma Digital.
Que por su parte el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios creó entre otros, a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN
PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
estableciendo entre sus objetivos, el de actuar como Autoridad de
Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de
firma digital dispuesta por la Ley N° 25.506.
Que el citado Decreto N° 50/2019 y modificatorios, creó en igual
sentido a la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de
la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, estableciendo para ésta una serie
de objetivos entre los que se encuentran el de intervenir en el marco
regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y
firma digital.
Que por otro lado la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre
de 2020 y sus modificatorias aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, estableciendo, entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN PÚBLICA, la de gestionar la Autoridad Certificante de Firma
Digital para el Sector Público Nacional y la Autoridad Certificante de
la Plataforma de Firma Digital Remota y asistir a la Subsecretaría en
su administración.
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS Nº 946 del 22 de septiembre de 2021, aprobó
los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco
normativo de Firma Digital para certificadores licenciados.
Que, mediante el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la
solicitud de la MUNICIPALIDAD DE ESCOBAR de la provincia de Buenos
Aires para conformarse como Autoridad de Registro de la AC
MODERNIZACIÓN-PFDR, en el que obra la documentación que acredita el
cumplimiento de los requisitos que la normativa exige para la
conformación de Autoridades de Registro de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR.
Que ha tomado intervención la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE MINISTROS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. - Autorízase a la MUNICIPALIDAD DE ESCOBAR de la provincia
de Buenos Aires, a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la
Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota (AC
MODERNIZACIÓN-PFDR).
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Silvana Carolina Isabel Rica
e. 30/11/2022 N° 97639/22 v. 30/11/2022