MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 1039/2022
RESOL-2022-1039-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-38806062- -APN-DGD#MDP, la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, los Decretos Nros.
1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 214 de fecha 27 de febrero de 2006,
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 415 de fecha 30 de junio de 2021
y 103 de fecha 2 de marzo de 2022, la Resolución N° 53 de fecha 22 de
marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 415 de fecha 30 de junio de 2021 y su
modificatorio, 103 de fecha 2 de marzo de 2022, se homologó el Acta
Acuerdo suscripta entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales el
26 de mayo de 2021, por la cual se acordó, como Cláusula Tercera,
elaborar una propuesta de Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito
para la Promoción de Nivel para el personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP) comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de
2008, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades
Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera (Co.P.I.C.).
Que, elaborada la propuesta, la citada Comisión Permanente de
Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.) se expidió mediante el Acta Nº 172
de fecha 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC).
Que mediante el Artículo 2° de la Resolución N° 53 de fecha 22 de marzo
de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), se aprobó el
Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de
Nivel para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado
por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, que cuente con
estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del
proceso y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A,
B, C, D y E del citado convenio.
Que, en dicho marco, la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO
del MINISTERIO DE ECONOMÍA promueve el desarrollo de carrera de sus
agentes de planta permanente bajo los lineamientos de la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación,
fortaleciendo la igualdad de oportunidades, potenciando la carrera
administrativa y la mejora de las condiciones laborales en la
repartición, todo lo cual es condición y sustento para la inclusión,
formulación e implementación de políticas de fortalecimiento del empleo
público que, sin duda redundan en la mejor gestión de esta Jurisdicción.
Que, a fin de sustanciar el procedimiento correspondiente, resulta
necesario dar inicio al citado régimen, conforme la vigencia
establecida en el Acta Acuerdo del 26 de mayo de 2021, homologada por
el Decreto N° 415/21 y su modificatorio, integrar el Comité de
Valoración y designar a la/al Secretaria/o Técnica/o Administrativa/o.
Que los integrantes del Comité de Valoración tienen entre sus
responsabilidades, verificar los antecedentes curriculares y laborales
de los y las postulantes y determinar la pertinencia en la titulación y
experiencia con el puesto y nivel al que se postulan, constatar el
cumplimiento de los requisitos del puesto y nivel, evaluar las
observaciones que formulen los veedores, requerir la asistencia y
colaboración de expertos de ser necesario, elaborar un Acta de
Aprobación resultante de la valoración y elevar para su aprobación el
acto administrativo correspondiente que disponga la designación del/de
la trabajador/a en el nuevo puesto, nivel, grado, tramo y agrupamiento
escalafonario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la
Ley de Ministerios – t.o. 1992 – y sus modificaciones, y en el Artículo
4° del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción
de Nivel para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Artículo 2° de la Resolución N° 53/22 de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Iníciase en la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO
PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA el proceso para la implementación
del Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de
Nivel para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado
por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, conforme lo dispuesto en el Artículo 2° de la
Resolución N° 53 de fecha 22 de marzo 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
(RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM).
ARTÍCULO 2°.- Desígnanse como integrantes del Comité de Valoración a
las personas detalladas en el Anexo I
(IF-2022-123909323-APN-DGRRHH#MDP) que integra la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase como Secretaria Técnica Administrativa a la
persona detallada en el Anexo II (IF-2022-74097639-APN-DGRRHH#MDP) que
integra la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Fíjase como cronograma tentativo para el Proceso de
Valoración por Evaluación y Mérito al que refiere el Artículo 1° de
esta medida, la realización de reuniones mensuales a desarrollarse a
partir de la entrada en vigencia de la presente resolución,
periodicidad que podrá ser ajustada y/o complementada de resultar
necesario para el mejor desenvolvimiento del proceso.
ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/12/2022 N° 102850/22 v. 19/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)