ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 680/2022
Resolución RESOL-2022-680-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1807
Expediente EX-2022-53900747-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2022
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación a la capacidad de
Transporte Existente y el otorgamiento del Certificado de Conveniencia
y Necesidad Pública (CCyNP) presentada por la Empresa de Transporte de
Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino
SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DE
DISTRIBUCIÓN DE TUCUMÁN SOCIEDAD ANÓNIMA (EDET S.A.), para la
realización de la obra consistente en la instalación de UNA (1) nueva
celda de 13,2 kV en la Estación Transformadora (ET) Tucumán Oeste, en
la Provincia de TUCUMÁN.
2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 de esta resolución,
mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo
propio en su portal de Internet, ambas publicaciones por un plazo de
CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos
en un diario de amplia difusión del lugar donde se construirán la obras
proyectadas o donde puedan afectar eléctricamente, otorgando un plazo
de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir del día
siguiente de la última publicación efectuada, para que quien considere
que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas
recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por
escrito ante el ENRE.
3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones fundadas comunes
entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para
recibirlas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus
argumentos.
4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada
al vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a
dictar un acto administrativo autorizando la ampliación y emitiendo el
CCyNP referido en el artículo 1.
5.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que en el marco de su Sistema de
Gestión Ambiental (SGA) deberá incorporar en el primer informe de
avance que presente luego de finalizadas las obras, la auditoría
ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a
fin de asegurar la realización de mediciones de los campos
electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los
estándares fijados por la Resolución SE Nº 77 de fecha 12 marzo de 1998
en el perímetro de la ET Tucumán Oeste.
6.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. y a EDET S.A. que las instalaciones
involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa
vigente en materia de seguridad pública establecidos en las
Resoluciones ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización
de instalaciones eléctricas), Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013
(Estaciones Transformadoras) y Nº 620 de fecha de fecha 15 de diciembre
de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de
las Empresas Transportistas).
7.- Notifíquese a EDET S.A., a TRANSNOA S.A., a CAMMESA y a ENTE ÚNICO
DE CONTROL Y REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TUCUMÁN (ERSEPT).
8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sr. Walter Domingo
Martello-.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.
e. 23/12/2022 N° 104363/22 v. 23/12/2022