PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1283/2022
DECAD-2022-1283-APN-JGM - Modificación presupuestaria.
Ciudad de Buenos Aires, 26/12/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-135526621-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23
de diciembre de 2021, los Decretos Nros. 88 del 22 de febrero de 2022 y
331 del 16 de junio de 2022 y las Decisiones Administrativas Nros. 4
del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de enero de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario compensar créditos en el presupuesto de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el fin de ajustarlos a las
necesidades del INSTITUTO NACIONAL DE JUVENTUDES, organismo
desconcentrado actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, para cumplir con convenios con asociaciones civiles, en el
marco de los lineamientos del Programa “NUESTRO FUTURO”.
Que, asimismo, se compensan créditos y recursos de dicha cartera a los
fines de dar cumplimiento a las actividades previstas en el Convenio de
Préstamo CAF 11501- Proyecto de Desarrollo y Fabricación del Sistema
Satelital Geoestacionario de Telecomunicaciones Segunda Generación:
Satélite ARSAT – SG1.
Que es preciso adecuar los créditos y recursos vigentes del REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en el
ámbito de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, atento
la disminución en los ingresos proyectados.
Que es menester modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con el objeto de atender gastos salariales,
de funcionamiento y de capital, correspondientes al INSTITUTO
UNIVERSITARIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS “MADRES DE PLAZA DE MAYO”,
ente del Sector Público Nacional actuante en el ámbito de ese
Ministerio.
Que resulta pertinente ajustar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA
DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, incrementando las
transferencias con destino al FONDO FIDUCIARIO DE CAPITAL SOCIAL para
financiar gastos de capital por la incorporación del Programa para la
Implementación de la Estrategia Nacional de Inclusión Financiera de
Argentina, a ser financiado con fondos procedentes del Préstamo BID N°
4411/OC-AR.
Que resulta oportuno prever en el presupuesto vigente de la SECRETARÍA
DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA el crédito destinado a reintegrar
al TESORO NACIONAL los recursos aportados transitoriamente por este en
el marco de la operatoria de financiamiento del proyecto “PRESIDENTE
DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” -ubicada en Cóndor Cliff- y “GOBERNADOR
JORGE CEPERNIC” -ubicada en Barrancosa-, financiado con la reducción
del presupuesto de diversas Jurisdicciones de la Administración
Nacional.
Que, asimismo, se incrementa el presupuesto vigente de la COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con el objeto de
atender los haberes del personal del organismo.
Que el incremento mencionado en el considerando precedente se financia
con una mayor estimación en el cálculo de los recursos propios que
percibe esa Comisión.
Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con el fin de
incorporar mayores Fuentes y Aplicaciones Financieras del Organismo
para reflejar principalmente operaciones del Fondo de Garantía de
Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS)
creado por el Decreto Nº 897 del 12 de julio de 2007 y sus
modificaciones.
Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en
la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
destinados a la empresa INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, ente del
Sector Público Nacional actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que a los fines estrictamente presupuestarios, las modificaciones de
los créditos presupuestarios de las áreas involucradas en la
reorganización ministerial del PODER EJECUTIVO NACIONAL, establecida
mediante el Decreto N° 451 del 3 de agosto de 2022, se realizan con
cargo a las denominaciones presupuestarias de origen.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 34 y 37 de la Ley de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificatorias y por el artículo 9° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente
conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus
modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre
de 2021.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional vigente para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle
obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-137693050-APN-SSP#MEC) al
presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Modifícanse las cuotas de compromiso presupuestario para
el cuarto trimestre del año 2022 y las cuotas de devengado
presupuestario para el mes de diciembre de 2022, de acuerdo con el
detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2022-137692226-APN-SSP#MEC)
al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
E/E Eduardo Enrique de Pedro - Sergio Tomás Massa
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/12/2022 N° 105738/22 v. 27/12/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)